ORDENANZA, Nº 053-2017-MDMM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR - Establecen beneficios e incentivos para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales-ORDENANZA-Nº 053-2017-MDMM

Fecha de disposición03 Diciembre 2017
Fecha de publicación03 Diciembre 2017

Magdalena del Mar, 28 de noviembre de 2017

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA

DEL MAR

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 26 de la fecha, y;

VISTOS:

El Acuerdo de Concejo N° 219-2017-AC-MDMM, mediante el cual pasa a la orden del día el pedido del regidor Juan Carlos Adriazola Casas, el Memorando N° 1129-2017-GART-MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Informe N° 689-2017-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú confiere facultades tributarias a los gobiernos locales, para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley, promoviendo el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competente para administrar sus bienes y rentas.

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidad, Ley Nº 27972, establece que las Ordenanzas de las municipalidades distritales, son normas de carácter general, de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo el inciso 8 del Artículo 9º de la norma antes citada, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas.

Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley; excepcionalmente, los gobiernos Locales podrán condonar, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren;

Que, el Artículo 62º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece la facultad de fiscalización de la Administración Tributaria, cuyo resultado originará la emisión de la Resolución de Determinación, Resolución de Multa u Orden de Pago, si fuera el caso conforme a lo establecido en el artículo 75º de dicho cuerpo legal;

Que, es necesario incentivar a los contribuyentes a...

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