RESOLUCION, Nº 315-2017/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Autorizan viaje a Bolivia de trabajadores de la SUNAT para participar en la visita de validación conjunta de los Programas "Operador Económico Autorizado" de los países miembros de la Comunidad Andina-RESOLUCION-Nº 315-2017/SUNAT

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2017

Lima, 24 de noviembre de 2017

CONSIDERANDO:

Que, mediante la carta AN-PREDC-C-2657/2017 de fecha 13 de setiembre de 2017, la Presidencia Ejecutiva de la Aduana Nacional de Bolivia cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para participar en la visita de validación conjunta de los Programas “Operador Económico Autorizado” (OEA) de los países miembros de la Comunidad Andina, que se llevará a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Estado Plurinacional de Bolivia, del 11 al 16 de diciembre de 2017;

Que el citado evento se realiza en cumplimiento de la Etapa II del Plan de Acción para el Reconocimiento Mutuo entre los Programas OEA de los países miembros de la Comunidad Andina, que contempla la realización de visitas de validación conjunta a los operadores de los programas de Bolivia y Perú;

Que la participación de la SUNAT en el referido evento se enmarca dentro de los objetivos estratégicos institucionales de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero y de reducir los costos de cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, en el marco de la línea estratégica de fortalecer el Programa OEA que busca proteger a la comunidad del comercio ilegal e incrementar la competitividad de la economía nacional;

Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al informe técnico remitido con el Memorándum Electrónico N° 00215-2017-300000 de fecha 8 de noviembre de 2017, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento de los trabajadores María Elena Flores Barrios y Luis Miguel Huamancaja Reyes, Especialista 4 y Especialista 5, respectivamente, de la División de Operador Económico Autorizado de la Gerencia de Operadores y Atención a Usuarios de la Intendencia Nacional de Control Aduanero;

Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la...

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