RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 223-2017-VMPCIC-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos y prácticas relacionadas al tejido y uso de la manta blanca en las provincias de Huánuco y Pachitea, departamento de Huánuco-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 223-2017-VMPCIC-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2017

Lima, 24 de noviembre de 2017

VISTOS, el Informe N° 000102-2017-MNCP/MC del Museo Nacional de la Cultura Peruana, el Informe N° 000297-2017/DPI/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y el Informe N° 000742-2017/DGPC/VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y,

CONSIDERANDO:

Que, el primer párrafo del artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificada por el Decreto Legislativo N° 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, mediante solicitud presentada el 22 de agosto de 2016, el señor Édgar Rolando Santiago Bernardo, en su condición de Presidente de la Asociación de Artesanos y Folkloristas “AFOL” Región de Huánuco, en mérito a las coordinaciones con las autoridades del Centro Poblado de Tambogan propuso se declare como Patrimonio Cultural de la Nación el “Tradicional uso de la Manta Blanca” del Centro Poblado de Tambogan del distrito de Churubamba, provincia y departamento de Huánuco;

Que, por Informe N° 000110-2017/MNCP/MC de fecha 14 de octubre de 2017, la Dirección del Museo Nacional de la Cultura Peruana hace suyo y deriva a la...

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