ORDENANZA, Nº 009-2017-MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA - Ordenanza que establece el régimen de extracción de materiales no metálicos ubicados en los álveos y cauces de los ríos en la jurisdicción del Distrito-ORDENANZA-Nº 009-2017-MDA
Fecha de disposición | 26 Noviembre 2017 |
Fecha de publicación | 26 Noviembre 2017 |
Aucallama, 31 de octubre de 2017
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA, PROVINCIA DE HUARAL, DEPARTAMENTO DE LIMA.
Vistos: En Sesión ordinaria de Concejo de la fecha 26 de octubre del 2017, el informe Nº 234-2017/GDUR/MWAV/MDA, y el Informe Nº 0873-A/2017-UL/OAF/MDA, Informe Nº 100-2017-OAJ/ECM/MDA e Informe Nº 278-A-GM-2017/MDA y con el voto mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
El numeral 3.6.4 del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales;
Las ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal y tienen rango de ley, según el Art. 200, numeral 4 de la Constitución, correspondiendo al concejo municipal la aprobación de la misma.
El Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece cuales son los ingresos tributarios y señala a su acreedor, así como al órgano de gobierno local al que corresponde su recaudación, administración y fiscalización;
La Norma lV del Título Preliminar del Texto Único Ordenando del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N9 133-2013-EF, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
En tal sentido, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el concejo municipal aprobó la siguiente:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO F. SALGUERO DULANTO
Alcalde
La presente Ordenanza regula el procedimiento establecido de extracción de materiales de construcción ubicados en los álveos y cauces de los ríos, y otros afines de la jurisdicción del Distrito de Aucallama, así como la aplicación del derecho por la extracción de materiales y las sanciones por el incumplimiento de la presente norma de carácter general.
La presente Ordenanza, es de aplicación a toda persona natural o persona jurídica, pública o privada, rige para las relaciones jurídicas originadas por la extracción de materiales no metálicos, comprendidos en la jurisdicción del Distrito de Aucallama, Provincia de Huaral y departamento de Lima, con las únicas excepciones establecidas mediante Ley.
Los recursos recaudados por este concepto constituyen rentas de la Municipalidad de Distrital de Aucallama, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y Ley Nº 28221, que crea la Ley que Regula el Derecho por Extracción de Materiales de los Álveos o Cauces de los Ríos por las Municipalidades.
Constituye base legal de la presente Ordenanza;
3.1 Constitución Política del Perú, Art 195.
3.2 Ley Orgánica de Municipalidades — Ley N9 27972, Art. 69, inc. 9)
3.3 Ley Nº 28221 Ley que regula el derecho por extracción de materiales de los álveos o cauces de los ríos por las Municipalidades.
3.4 Ley N9 28338 Ley de Recursos Hídricos.
Para efectos de la presente Ordenanza Municipal, se tendrá en cuenta los siguientes conceptos:
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Materiales que acarrean y depositan las aguas en los álveos o cauces de los ríos: Son los minerales no metálicos que se utilizan con fines de construcción, tales como los limos, arcillas...
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