ACUERDO, Nº 132-2017-MDP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHANAQUI - Autorizan viaje de Regidor a Costa Rica para participar en pasantía internacional-ACUERDO-Nº 132-2017-MDP
Emisor | MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHANAQUI |
Fecha de la disposición | 26 de Noviembre de 2017 |
Pichanaqui, 14 de noviembre de 2017
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 021-2017 de fecha 13 de noviembre 2017, el Informe Nº 528-2017-GDE/MDP, solicita autorización al pleno de concejo para participar de la Pasantía Internacional al país de Costa Rica los días 26 – 30 de Noviembre del 2017; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala: Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico.
Que, el Artículo 9º, numeral 11) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los regidores y cualquier otro funcionario; por lo que la autorización deberá ser aprobada por el Concejo Municipal.
Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su Artículo 2º establece que “la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente en el interés nacional o en el interés específico de la institución.
Que, el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala: “Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 24º, primer párrafo de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica: En caso de ausencia o vacancia del Alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 021-2017 de fecha 13 de Noviembre de 2017, se pueso en consideración del Concejo Municipal el Informe Nº 528-2017-GDE/MDP, de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba