INVESTIGACION, Nº 2271-2015-LIMA, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a Especialista Legal del Décimo Quinto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima-INVESTIGACION-Nº 2271-2015-LIMA

Fecha de disposición11 Noviembre 2017
Fecha de publicación11 Noviembre 2017
SecciónSección Única

Lima, ocho de setiembre de dos mil diecisiete.-

VISTA:

La Investigación número dos mil doscientos setenta y uno guión dos mil quince guión Lima que contiene la propuesta de destitución del señor Juan Carlos Díaz Van Meerbeck, por su desempeño como Especialista Legal del Décimo Quinto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veintidós, de fecha veintiséis de agosto de dos mil dieciséis; de fojas cuatrocientos treinta y tres a cuatrocientos treinta y ocho.

CONSIDERANDO:

Primero. Que del acta de queja verbal, de fojas sesenta y ocho a sesenta y nueve, se constató que la señora Rosa Consuelo Guerra de Fernández denunció actos de corrupción, que involucran al señor Juan Carlos Díaz Van Meerbeck, Especialista Legal del Décimo Quinto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; por lo que, se le abrió procedimiento administrativo disciplinario atribuyéndole haber solicitado a la quejosa el monto de quinientos soles, a efectos de agilizar y dar cuenta de los escritos pendientes en el Expediente número veintiocho mil seiscientos treinta y nueve guión dos mil catorce (proceso civil), inobservando así su deber previsto en el artículo cuarenta y uno, inciso b), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número cero diez guión dos mil cuatro guión CE guión PJ; así como, haber inobservado el principio de responsabilidad previsto en el artículo siete, numeral seis, de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, aprobado por Ley número veintisiete mil ochocientos quince, lo que constituye falta muy grave prevista en los numerales uno y ocho del artículo diez del Reglamento que regula el Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado Resolución Administrativa número doscientos veintisiete guión dos mil nueve guión CE guión PJ.

Segundo. Que la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial determinó la responsabilidad funcional del investigado Díaz Van Meerbeck, evaluando en su conjunto las siguientes instrumentales que obran en el procedimiento administrativo disciplinario:

  1. Transcripción del audio de fojas noventa a noventa y uno.

  2. Acta de intervención de fojas setenta y siete a setenta y ocho; y,

  3. Acta de contraste de reactivo de fojas setenta y nueve.

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