RESOLUCION, Nº 0447-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo de Concejo que declaró infundada solicitud de vacancia de regidores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica-RESOLUCION-Nº 0447-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2017

Expediente N° J-2017-00149-A01

PUEBLO NUEVO - CHINCHA - ICA

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diecinueve de octubre de dos mil diecisiete.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Cristian Omar Vera Aguirre contra el Acuerdo de Concejo N° 029-2017-MDPN, de fecha 10 de julio de 2017, que, por mayoría, declaró infundada la solicitud de vacancia contra Patricia Roxana Torres Sánchez, Germán Piñán Cruz, Patricia Paula Quispe Palma, Julián Ricardo Cantoral Ramos, Wilder Pachas Dolorier, Eloy Conislla Huaroto y Edilberto Bernardo Chilquillo Cusipuma, en su calidad de regidores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica, por la causal de ejercicio de función o cargo ejecutivo o administrativo, prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N° J-2017-00149-T01; y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

La solicitud de vacancia

Expediente N° J-2017-00149-T01

El 25 de abril de 2017, ante este Máximo Órgano Electoral, Cristian Omar Vera Aguirre solicitó la vacancia de los regidores Patricia Roxana Torres Sánchez, Germán Piñán Cruz, Patricia Paula Quispe Palma, Julián Ricardo Cantoral Ramos, Wilder Pachas Dolorier, Eloy Conislla Huaroto y Edilberto Bernardo Chilquillo Cusipuma, por la causal de ejercicio de función o cargo ejecutivo o administrativo, establecida en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), (fojas 1 a 14), señalando que en la sesión extraordinaria de concejo, del 16 de enero de 2017, los regidores acordaron suspender al alcalde Hugo Jesús Buendía Guerrero y, asimismo, encargar el despacho de la alcaldía a Patricia Roxana Torres Sánchez, sin haberse notificado al alcalde con la citación a dicha sesión y pese a que se había convocado para un único punto de agenda.

Sostiene que con la materialización de dicha decisión, a través del Acuerdo de Concejo N° 01-2017-MDPN, del 17 de enero de 2017, permitieron que Patricia Roxana Torres Sánchez asuma y usurpe funciones de alcalde, emitiendo actos administrativos y ejecutivos durante el 16 de enero al 24 de enero de 2017, sin que el acuerdo quede consentido y sin que cuente con la respectiva credencial emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, conforme al procedimiento de suspensión seguido contra el alcalde (Expediente N° J-2016-01432-T01).

Detalla que los referidos actos administrativos y ejecutivos por parte de Patricia Roxana Torres Sánchez se configuraron con la posesión indebida de los despachos de alcaldía y gerencia municipal, según se desprende de las actas de constatación notarial, del 17 y 19 de enero de 2017, respectivamente; la designación de la Presidenta de la Comisión del 52° Aniversario del distrito de Pueblo Nuevo en la sesión extraordinaria de concejo, del 18 de enero de 2017; el cese y designación del gerente municipal a través de la Resolución de Alcaldía N° 003-2017-MDPN/A, de fecha 23 de enero de 2017.

Ofrece como medios probatorios:

  1. Copia del Auto N° 1, de fecha 2 de enero de 2017, emitido en el Expediente N° J-2016-01432-T01 y su cargo de notificación (fojas 17 a 22).

  2. Copia de la Resolución de Alcaldía N° 003-2017-MDPN/A, de fecha 23 de enero de 2017 (fojas 23).

  3. Copia de la carta, de fecha 28 de diciembre de 2016 (fojas 24 y 25).

  4. Copia de la carta, de fecha 30 de diciembre de 2016 (fojas 26).

  5. Copia de la carta, de fecha 9 de enero de 2017 (fojas 27).

  6. Copia de la citación a sesión extraordinaria de concejo municipal (fojas 28).

  7. Copia de la carta, de fecha 16 de enero de 2017 (fojas 29 a 33).

  8. Copia del acta de sesión extraordinaria, del 16 de enero de 2017 (fojas 34 a 45).

  9. Copia del Acuerdo de Concejo N° 01-2017-MDPN, de fecha 17 de enero de 2017 (fojas 46 a 48).

  10. Copia de la Resolución N° 780-2012-JNE (fojas 49 a 55)

  11. Copia del acta de sesión extraordinaria de concejo, de fecha 18 de enero de 2017 (fojas 56 a 58).

  12. Copia del acta de constatación notarial, de fecha 17 de enero de 2017 (fojas 59 a 62).

  13. Copia de la citación, de fecha 18 de enero de 2017 (fojas 63 y 64).

  14. Copia de la constatación notarial, de fecha 19 de enero de 2017 (fojas 65 a 82).

  15. Copia de la notificación N° 0388-2017-SG/JNE (fojas 83).

  16. Recorte periodístico del diario Correo, edición Ica, de fecha 26 de enero de 2016 (fojas 84).

Este Supremo Tribunal Electoral mediante Auto...

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