RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 001-2017-JUS/DGBPD, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Aprueban la Directiva Nº 001-2017- JUS/VMDHAJ-DGBPD “Directiva para Normar el Proceso de Búsqueda de las Personas Desaparecidas con Enfoque Humanitario”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 001-2017-JUS/DGBPD

EmisorJUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Fecha de la disposición31 de Octubre de 2017

27 de octubre de 2017

VISTO, el Oficio Nº 69-2017-JUS/DGBPD, de la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas, el Informe Nº 030-2017-OGPM-OOM y el Informe Nº 1200-2017-JUS/OGAJ; y

CONSIDERANDO:

Que, la finalidad de la Ley N° 30470 “Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000”, del 22 de junio de 2016, es priorizar el enfoque humanitario durante la búsqueda de las personas desaparecidas en el período de violencia 1980-2000, articulando y disponiendo las medidas relativas a la búsqueda, recuperación, análisis, identificación y restitución de los restos humanos;

Que, el artículo 4° de la Ley N° 30470 “Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000”, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para aprobar, implementar y hacer seguimiento del Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas con un enfoque humanitario;

Que, el artículo 5° de la Ley N° 30470 “Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el período de violencia 1980-2000”, establece las siguientes funciones para el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: a) Diseñar, aprobar, implementar y ejecutar, en coordinación con las entidades públicas y privadas competentes, un Plan Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas; b) Centralizar, actualizar y administrar el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y de Sitios de Entierro; c) Promover y participar en el proceso de búsqueda de las personas desaparecidas; d) Promover y coadyuvar a la participación de los familiares en el proceso de búsqueda de las personas desaparecidas; e) Coordinar y hacer el seguimiento del acompañamiento psicosocial, material y logístico a favor de los familiares, durante la búsqueda de las personas desaparecidas; f) Promover el fortalecimiento de la infraestructura estatal y las capacidades técnicas de los profesionales involucrados en el proceso de búsqueda de personas desaparecidas, así como en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR