RESOLUCION, Nº 0407-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo de Concejo que rechazó solicitud de vacancia contra regidor de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali-RESOLUCION-Nº 0407-2017-JNE

Fecha de disposición29 Octubre 2017
Fecha de publicación29 Octubre 2017
SecciónSección Única

Expediente N° J-2017-00059-A01

YARINACOCHA–CORONEL PORTILLO–UCAYALI

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diez de octubre de dos mil diecisiete

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Charly Escudero Vela en contra del Acuerdo de Concejo N° 008-2017-SE-MDY, de fecha 30 de marzo de 2017, que, por mayoría, rechazó la solicitud de vacancia contra Julio César Valera Silva, regidor de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por la causal de nepotismo, establecida en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente N° J- 2017-00059-T01.

ANTECEDENTES

Expediente N° J-2017-00059-T01

Solicitud de vacancia

El 31 de enero de 2017, ante este órgano electoral, el ciudadano Charly Escudero Vela (vecino), mediante escrito obrante de fojas 1 a 16, solicita la vacancia de Julio César Valera Silva, regidor de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, por la causal de nepotismo, establecida en el artículo 22, numeral 8, de la Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

Cabe precisar que el solicitante fundamenta la causal sobre hechos ocurridos durante el ejercicio de Julio César Valera Silva como regidor y, posteriormente, como alcalde.

Sus fundamentos son los siguientes:

  1. Refiere que producto de una relación sentimental (unión de hecho) entre el regidor Julio César Valera Silva y Alicia Vela Acuña nació Milagritos Valera Vela, conforme a la Partida de Nacimiento que recauda, donde se aprecia como padre declarante al regidor mencionado.

  2. Que, Alicia Vela Acuña tiene un hermano de padre y madre llamado Francisco Robert Vela Acuña, quien sería pariente de segundo grado de afinidad (cuñado) del regidor.

  3. Sostiene que durante el periodo de regidor, Francisco Robert Vela Acuña fue contratado para realizar labores de apoyo en la Unidad de Informática y Estadística de la municipalidad, conforme a los Contratos de Locación de Servicios N° 1702-2015-MDY y N° 054-2016-MDY, de fechas 3 de diciembre de 2015 y 18 de enero de 2016, respectivamente.

  4. Posteriormente, al asumir el cargo de alcalde, en mérito de la Resolución N° 1250-2016-JNE, de fecha 2 de noviembre de 2016, que declaró la vacancia de su antecesor Gilberto Arévalo Riveiro, cursó a su cuñado el Memorándum N° 007-2017, del 3 de enero de 2017, designándolo jefe de la Unidad de Tesorería, lo cual se materializó mediante Resolución de Alcaldía N° 010-2017-MDY, de la misma fecha. Precisa que dicha designación se efectuó para que reciba la entrega de cargo de su antecesor tesorero, porque este último había sido designado por el exalcalde, luego de lo cual emite la Resolución de Alcaldía N° 014-2017-MDY, de fecha 10 de enero de 2017, dándola por concluida.

  5. Señala que al inicio de la gestión municipal se adoptó el Acuerdo de Concejo N° 001-2015-MDY, de fecha 7 de enero de 2015, que aprobó la conformación de las “Comisiones Ordinarias del Concejo Municipal” para todo el ejercicio del año 2015, vigente hasta la fecha. Así, el regidor integró y presidió la Comisión de Desarrollo Economía y Local, y entre sus atribuciones se encontraba fiscalizar el área u Oficina de Administración y Finanzas de la entidad, la cual comprende cinco unidades, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF), encontrándose, entre ellas, la Unidad de Tesorería y la Unidad de Informática y Estadística.

  6. Está acreditada la injerencia indirecta en su calidad de regidor, al permitir y consentir la contratación de su cuñado como apoyo técnico para realizar actividades administrativas en la Unidad de Informática y Estadística, y, en su condición de alcalde, al designarlo en el cargo de jefe de la Unidad de Tesorería de la municipalidad mediante el memorándum y resoluciones de alcaldía, anteriormente señaladas.

  7. Asimismo, hace referencia a la Resolución N° 1250-2016-JNE, de fecha 2 de noviembre de 2016, en la cual el Jurado Nacional de Elecciones dio vital importancia a la prueba indiciaria, al considerar que la suma de diversos indicios crea la presunción de veracidad, supuesto que se configura con las fotografías, Acuerdo de Concejo N° 001-2015-MDY, saludo de cumpleaños que el regidor envía a la madre de Alicia Vela Acuña, refiriéndose a aquella como “suegrita”, el Memorándum N° 007-2017, las Resoluciones de Alcaldía N° 010-2017-MDY y N° 014-2017-MDY.

    Ofrece los siguientes medios probatorios:

    1. Acta de Nacimiento de Milagritos Valera Vela (fojas 17).

    2. Acta de Nacimiento de Alicia Vela Acuña (fojas 18).

    3. Acta de Nacimiento de Francisco Robert Vela Acuña (fojas 19).

    4. “Copia” del Memorándum N° 007-2017, de fecha 3 de enero de 2017 (fojas 20).

    5. Copia de la Resolución de Alcaldía N° 010-2017-MDY, de fecha 3 de enero de 2017 (fojas 21).

    6. Copia de la Resolución de Alcaldía N° 014-2017-MDY, de fecha 10 de enero de 2017 (fojas 22).

    7. Copia del Contrato de Locación de Servicios N° 1702-2015-MDY, de fecha 3 de diciembre de 2015 (fojas 23 y 24).

    8. Copia del Informe N° 001-2015-MDY-UIE-FRVA, emitido por Francisco Robert Vela Acuña, sobre sus labores realizadas (fojas 25).

    9. Copia del Recibo por Honorarios Electrónico N° E001-12, de fecha 10 de diciembre de 2015 (fojas 26).

    10. Copia del Informe N° 172-2015-MDY-OAF-UIE, emitido por el Jefe de la Unidad de Informática y Estadística de la municipalidad (fojas 27).

    11. Copia del Acta de Conformidad de Servicio del mes de diciembre (fojas 28).

    12. Copia de la Orden de Servicio N° 0000003088, del 10 de diciembre de 2015, elaborado por la “Unidad de Logística” de la municipalidad (fojas 29).

    13. Copia del Memorándum N° 5808-2015-MDY-OAF, de fecha 17 de diciembre de 2015, elaborado por el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas de la municipalidad, (fojas 30).

    14. Copia del Comprobante de Pago N° 7387, de fecha 18 de diciembre de 2015, emitido por la “Unidad de Tesorería de la municipalidad” (fojas 31).

    15. Copia del Contrato de Locación de Servicios N° 054-2016-MDY, de fecha 18 de enero de 2016 (fojas 32 y 33).

    16. Copia del Informe N° 001-2016-MDY-UIE-FRVA, emitido por Francisco Robert Vela Acuña, sobre labores realizadas (fojas 34).

    17. Copia del Recibo por Honorarios Electrónico N° E001-14, de fecha 22 de enero de 2016 (fojas 35).

    18. Copia del Informe N° 011-2016-MDY-OAF-UIE, elaborado por el Jefe de la Unidad de Informática y Estadística de la municipalidad (fojas 36).

    19. Copia del Acta de Conformidad de Servicio suscrito por el Jefe de la Unidad de Informática y Estadística de la municipalidad (fojas 37).

    20. Copia de la Orden de Servicio N° 0000000038, del 21 de enero de 2016...

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