Resolución nº 3779-2017-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 19 de Octubre de 2017

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2017
3=119
-2017-MP-FN
Lima, 1 9
OeT.
2017
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio
783-2017-MP-PJFS-DF-APURíMAC,
el
señor Jesús Enrique Salvatierra Estrada, Presidente de
la
Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal
de
Apurímac, eleva la solicitud de licencia
con
goce de haber formulada por
la
señora Mary
luz
Merino Villegas,
Fiscal Provincial de
la
Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa
de
Abancay, para participar
en
el
curso
denominado: Salud mental y psiquiatría forense, organizado por
la
Academia de
la
Magistratura, que
se
llevó a
cabo del
29
de
junio
al
13
de agosto
de
2017,
en
la
ciudad del Cusco;
Que, dada
la
importancia del evento académico antes mencionado,
resulta necesario autorizar
la
participación del citado fiscal, otorgándose licencia
con
goce de
haber,
conforme a
lo
dispuesto
en
el artículo 21° del Decreto legislativo W 052,
"ley
Orgánica del Ministerio Público", y
en
el
artículo
110°
literal
a)
del Decreto Supremo W 005-90-PCM, "Reglamento
de
la
ley
de
Bases
de
la
Carrera
Administrativa y Remuneraciones del Sector Público";
Con
el
visto de
la
Gerencia Central
de
la
Escuela
del
Ministerio
Público
"Dr.
Gonzalo Ortiz
de
Zevallos Roedel" y
en
uso
de
las atribuciones conferidas por el artículo
64°
del
Decreto legislativo W 052,
"ley
Orgánica
del
Ministerio Público";
SE
RESUELVE:
ARTíCULO PRIMERO.- AUTORIZAR,
en
vía
de
regularización,
la
participación
de
la
señora Mary
luz
Merino Villegas, Fiscal Provincial
de
la
Primera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Abancay,
en
el curso denominado: Salud mental y psiquiatría forense, organizado por
la
Academia de
la
Magistratura, que se llevó a cabo
del
29
de
junio
al
13
de agosto de 2017,
en
la
ciudad
del
Cusco; CONCEDIÉNDOSE licencia con goce
de
haber, del
30
de junio (Desde las 18:00 horas)
al
01
de julio
de
2017.
ARTíCULO SEGUNDO.- ENCARGAR,
en
vía
de
regularización, a
la
Presidencia
de
la
Junta
de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, adoptar las medidas
respectivas, a
fin
de
garantizar
el
normal funcionamiento del despacho,
en
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
la
presente resolución.
ARTíCULO TERCERO.- DISPONER,
en
vía
de
regularización, que
el
cumplimiento de
lo
dispuesto
en
la
presente resolución,
no
irrogó gasto alguno
al
Presupuesto institucional
del
Ministerio Público.
ARTíCULO CUARTO.- Hacer
de
conocimiento
la
presente
resolución a
la
Escuela
del
Ministerio Público
"Dr.
Gonzalo Ortiz
de
Zevallos Roedel", Presidencia
de
la
Junta
de
Fiscales Superiores del Distrito Fiscal
de
Apurímac, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina
de
Registro y
Evaluación
de
Fiscales, y a
la
interesada para
los
fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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