Dictamen recaído sobre el Decreto Legislativo Nº 1300, de 7 de Febrero de 2017

CONGRESO
REPÚBLICA
Perú`
dano
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Decenio de las personas con discapac
"Año del Buen Servicio
COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y REGL
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Dictamen de la Comisión de Constitución y Reglamento, recaído
sobre el Decreto Legislativo 1300, Decreto Legislativo que
regula el procedimiento especial de conversión de
penas
privativas de libertad por penas alternativas, en ejecución
de
condena.
COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y REGLAMENTO
Periodo Anual de Sesiones 2016 — 2017
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
ÁREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO
0
7 FEB 2017
RECIBIDO
Firma:.
/
Hora'
t••
SEÑORA PRESIDENTA:
Ha ingresado para dictamen de la Comisión de Constitución y Reglamento, el Decreto
Legislativo 1300, Decreto Legislativo que regula el procedimiento especial de conversión
de
penas privativas de libertad por penas alternativas, en ejecución de condena, publicado en
el
diario oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2016.
El presente dictamen fue aprobado por
UNANIMIDAD,
en la Sexta Sesión Extraordinaria do
la
Comisión de Constitución y Reglamento, del 3 de febrero del 2017, contando con los votos
favorables de los señores Congresistas:
Miguel Ángel Torres Morales, Gílmer Trujillo
Zegarra, Lourdes Alcorta Suero, Rosa María Bartra Barriga, Héctor Becerril Rodríguez,
Miguel Castro Grández, Patricia Donayre Pasquel, Yonhy Lescano Ancieta, Úrsula
Letona Pereyra, Liliana Takayama Jiménez, Javier Velásquez Quesquén
y
Vicente
Zeballos Salinas,
miembros titulares de la Comisión; y de los señores Congresistas
Gino
Costa Santolalla, Indira Huilca Flores
y
Edwin Vergara Pinto,
miembros accesitarios
de la
referida Comisión.
I.
SITUACIÓN PROCESAL
El 4
de enero de 2017, mediante Oficio 009-2017-PR, ingresó al Área de Trámite
Documentario del Congreso de la República, el Decreto Legislativo en estudio, el cual
fue
remitido a la Comisión de Constitución y Reglamento, de conformidad con lo establecido
en el artículo 90 del Reglamento del Congreso de la República, el día 5 de enero
del
referido año, para el respectivo estudio y dictamen.
Seguidamente, se dispuso el envío del Decreto Legislativo 1300 al Grupo de Trabajo
encargado del control constitucional sobre los actos normativos del Poder Ejecutivo' a
través de los decretos legislativos, decretos de urgencia y tratados internacionaleS
ejecutivos; que emitió el informe respectivo, el cual fue presentado, debatido y aprobikto''
en la Comisión de Constitución y Reglamento.
II.
MARCO NORMATIVO
2.1. Constitución Política del Perú
"Artículo 101.-
Los miembros de la Comisión Permanente del Congreso son elegidos
por éste. Su número tiende a ser proporcional al de los representantes de cada grupo
parlamentario y no excede del veinticinco por ciento del número total de congresistas.
Son atribuciones de la Comisión Permanente:
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