ORDENANZA, Nº 349, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA - Establecen beneficio de regularización tributaria a favor de los contribuyentes del distrito-ORDENANZA-Nº 349

Fecha de publicación22 Octubre 2017
Fecha de disposición22 Octubre 2017

Establecen beneficio de regularización tributaria a favor de los contribuyentes del distrito

ORDENANZA Nº 349

La Molina, 18 de octubre de 2017

EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 20-2017 de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto del proyecto de “Ordenanza que aprueba el beneficio de regularización tributaria en la jurisdicción del distrito de La Molina”; y,

De conformidad a lo establecido en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por mayoría y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, emitió la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE LA MOLINA

Artículo Primero OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer el beneficio de regularización tributaria de carácter temporal a favor de los contribuyentes en la jurisdicción del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima.

Artículo Segundo BENEFICIOS

2.1 Alcance

Podrán acogerse al presente beneficio, aquellos deudores tributarios que se encuentren al día en el pago del impuesto predial o cumplan con pagar al menos el total del impuesto predial correspondiente al período 2017, en las condiciones establecidas en la presente Ordenanza.

Se entiende que un contribuyente se encuentra al día cuando no mantiene deuda vencida por concepto de impuesto predial del periodo 2017 y de años anteriores.

2.2 De los Beneficios

Los contribuyentes que cumplan con cancelar el impuesto predial de los períodos señalados en el numeral 2.1, dentro del plazo de vigencia de la presente Ordenanza, podrán pagar sus obligaciones tributarias con los siguientes descuentos:

PORCENTAJE DE DESCUENTO

Modalidad 1.- Pago total del Impuesto Predial del 2017

PERIODO

IMPUESTO PREDIAL

ARBITRIOS

INSOLUTO

INTERÉS

INSOLUTO

INTERÉS

Deudas de periodos anteriores hasta el año 2016

0%

30%

0%

30%

Modalidad 2.- Pago total del Impuesto Predial del 2017

más años anteriores

PERIODO

IMPUESTO PREDIAL

ARBITRIOS

INSOLUTO

INTERÉS

INSOLUTO

INTERÉS

Deudas de periodos anteriores hasta...

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