ORDENANZA, Nº 014-2017-GRLL/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Declaran de Interés Regional la Zonificación Forestal en la Región y conforman Equipo Técnico para facilitar el desarrollo del proceso de la Zonificación Forestal-ORDENANZA-Nº 014-2017-GRLL/CR
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD |
Fecha de la disposición | 19 de Octubre de 2017 |
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias, y demás normas complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de fecha 15 de setiembre de 2017, el Oficio N° 005-2017-GRLL/CR-CA que contiene el Dictamen de la Comisión Ordinaria de Agricultura del Consejo Regional de La Libertad, relativo a Declarar de Interés Regional la Zonificación Forestal en la Región La Libertad.
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con el artículo 66° de la Constitución Política del Perú, los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento, fijándose por Ley Orgánica las condiciones, estableciendo en el artículo 192° que los gobiernos regionales promueven el desarrollo de la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo;
Que, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por el principio de exclusividad, legalidad y simplificación administrativa;
Que, el numeral 1) del artículo 9° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes;
Que, la Resolución Ministerial N° 0303-2011-AG, Declara Concluido el Proceso de Transferencia al Gobierno Regional de La Libertad las Funciones Específicas del artículo 51° literales “e” y “q”, de la Ley...
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