RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 1453 DE/FAP, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Ascienden a diversos oficiales a los grados de Coronel, Comandante y Mayor de la Fuerza Aérea del Perú-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 1453 DE/FAP

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2017

Ascienden a diversos oficiales a los grados de Coronel, Comandante y Mayor de la Fuerza Aérea del Perú

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 1453 DE/FAP

Lima, 13 de octubre de 2017

VISTO:

La Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2008-DE del 09 de Julio del 2008.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29108 “Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas”, concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 09 de julio de 2008, mediante la cual se aprueba el “Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas”, su modificatoria aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2011-DE/SG del 14 de diciembre de 2011 y su Anexo 5, donde se establece los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, el Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece en su artículo 37 inciso b), que los ascensos son otorgados por el Ministro de Defensa, mediante Resolución Ministerial para Oficiales Superiores, en armonía a lo establecido en los artículos 35 y 36 inciso b) del citado Reglamento y en concordancia con la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, que modifica algunos artículos de la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas”, que establece que para la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, será de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el área de Personal, aplicando cada Institución Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005- DE/SG del 17 de febrero de 2005, modificado según el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 009-2013-DE del 03 de octubre de 2013; correspondiendo a la Fuerza Aérea del Perú el Anexo Nº 3;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2017-DE del 31 de agosto de 2017, se aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 y a través de la Resolución Ministerial Nº 574-2016-DE/SG del 27 de mayo de 2016, se estableció el Plan Estratégico de Personal de la Fuerza Aérea del Perú al 2021, considerando los efectivos por grados hasta el año 2021;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 011-2008-DE “Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas”, se establece que los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, ética e igualdad de derechos y oportunidades, señalados en el artículo 3 de la Ley Nº 29108, los mismos que tienen carácter vinculante, y en armonía a lo establecido en los artículos 50 inciso a) y 51 incisos a) y b) del citado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR