ORDENANZA, Nº 015-2017-GRSM/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN - Aprueban los "Lineamientos de Gobierno Abierto para las Entidades del ámbito regional de San Martín"-ORDENANZA-Nº 015-2017-GRSM/CR
Fecha de disposición | 12 Octubre 2017 |
Fecha de publicación | 12 Octubre 2017 |
Sección | Sección Única |
Aprueban los “Lineamientos de Gobierno Abierto para las Entidades del ámbito regional de San Martín”
ORDENANZA REGIONAL
Nº 015 -2017-GRSM/CR
Moyobamba, 17 de agosto del 2017
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización establece que la descentralización cumplirá, a lo largo de su desarrollo, con el objetivo a nivel político de la Participación y fiscalización de los ciudadanos en la gestión de los asuntos públicos de cada región y localidad; mientras que a nivel social cumplirá con la Participación ciudadana en todas sus formas de organización y control social;
Que, así también, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley de Bases de la Descentralización prescribe que los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión...
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