ORDENANZA, Nº 0012-2017-GORE-ICA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE ICA - Aprueban el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Ica-ORDENANZA-Nº 0012-2017-GORE-ICA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE ICA
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 2017

Ica, 3 de octubre de 2017

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del 22 de setiembre de 2017. VISTO, el Dictamen N°006-2017-GORE-ICA/CR-CPPYAT-P de fecha 31.AGO.2017, emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica; y demás actuados en el procedimiento respecto a la aprobación de la “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA”.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y su modificatoria la Ley N°27902, establece que: “Los Gobiernos Regionales, que emanen de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal”.

Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo, son competentes para: 1. Aprobar su organización interna y su presupuesto; 6. Dictar las normas inherentes a la gestión regional”.

Que, en el marco de las competencias exclusivas establecidas en el literal k), numeral 1, artículo 10° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales entre sus competencias el Gobierno Regional le corresponde entre otros: “(…) c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto”; igualmente el literal a), del Artículo 45° en lo que corresponde a las Funciones Generales establece: “(…)a) Función normativa y reguladora.- Elaborando y aprobando normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia”.

Que, el literal a), del artículo 15º la Ley de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 señala que: “Es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materiales de competencia y funciones del Gobierno Regional”; estableciéndose asimismo en el Artículo 39º.- Acuerdos del Consejo Regional: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.

Que, el Consejo Regional de Ica, está representado por los...

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