ORDENANZA, Nº 381-MPM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 381-MPM

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2017

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 381-MPM

Moyobamba, 25 de agosto de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE MOYOBAMBA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE

MOYOBAMBA

VISTO:

En Sesión Ordinaria Nº 16, de fecha 24 de agosto del 2017, el Dictamen Nº 006-2017, del 22 de agosto de 2017, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, que opina por que se apruebe mediante Ordenanza Municipal, la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando la función de vigilancia sanitaria de la inocuidad agroalimentaria de alimentos primarios y piensos, en el transporte y comercialización, a la Sub Gerencia de Desarrollo Comercial y la modificación de denominación y funciones de la Oficina de Programación e Inversiones OPI y de los Organos de Línea a Oficina de Programación Multianual e Inversiones OPMI en el ROF de la Municipalidad Provincial de Moyobamba; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 –“Ley Orgánica de Municipalidades”, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el Artículo IV del Título preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, mediante Ordenanza municipal Nº 333-MPM, de fecha, 1 de marzo de 2016, se aprobó el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF, la Nueva Estructura Orgánica y el Nuevo Organigrama Institucional de la Municipalidad Provincial de Moyobamba;

Que, el Artículo 28º del Capítulo V del Decreto Supremo Nº 004-2011-AG, Reglamento de inocuidad agroalimentaria, establece que la vigilancia sanitaria de los alimentos agropecuarios primarios y piensos se realizará a través de inspecciones, certificaciones, monitoreo, autorizaciones sanitarias, entre otras, llevadas a cabo por el SENASA, los Gobiernos Regionales y Locales.

Que, de acuerdo al Reglamento Sanitario de Funcionamiento de Mercados de Abastos, Resolución Ministerial Nº 282-2003-SA/DM, en su artículo 5º señala que la vigilancia sanitaria de los alimentos y bebidas que se comercializan en los mercados y la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente reglamento, está a cargo de la Autoridad de Salud Municipal y será ejercida por personal calificado y capacitado en aspectos de vigilancia sanitaria.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, aprueban el reglamento del decreto Legislativo Nº 1252, establece la necesidad de priorizar la programación multianual de la inversión, se estable que la Programación Multianual debe vincularse los objetivos nacionales, planes sectoriales, así como los planes de desarrollo concertado regionales y locales, con la identificación de la cartera de proyectos a ejecutarse, el mismo que debe responder a un diagnostico detallado de la situación de brechas de infraestructura o de acceso a los servicios públicos buscando que las inversiones procuren el mayor impacto en la sociedad con previsión de sostenibilidad, transparencia y calidad.

Que, mediante Ley 29230, Ley que impulsa la Inversión Pública Regional y Local con participación del Sector Privado y el Decreto...

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