RESOLUCION.Nº 037-2017-SUNEDU/CD.Resolución que otorga la Licencia Institucional a la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. para ofrecer el servicio educativo superior universitario.SEPARATA ESPECIAL RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 037-2017-SUNEDU/CD RESOLUCIÓN QUE OTORGA LA LICENCIA INSTITUCIONALA LA UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS APLICADAS S.A.C., PARA OFRECER EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR UNIVERSITARIO Viernes 6 de o... -

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2017
SEPARATA ESPECIAL
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
Nº 037-2017-SUNEDU/CD
RESOLUCIÓN QUE OTORGA LA
LICENCIA INSTITUCIONAL A LA
UNIVERSIDAD PERUANA DE CIENCIAS
APLICADAS S.A.C., PARA OFRECER
EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR
UNIVERSITARIO
Viernes 6 de octubre de 2017
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
Viernes 6 de octubre de 2017 /
El Peruano
2NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
Nº 037-2017-SUNEDU/CD
Lima, 04 de octubre de 2017
I. VISTOS:
La Solicitud de Licenciamiento Institucional con registro de trámite documentario Nº 002378-2017-SUNEDU-
TD, presentada el 27 de enero de 2017 por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. (en adelante, la
Universidad), el Informe Técnico de Licenciamiento Nº 009-2017-SUNEDU/02-12 de la Dirección de Licenciamiento
(en adelante, Dilic); y el Informe Legal Nº 217-2017-SUNEDU-03-06 de la O cina de Asesoría Jurídica (en adelante,
OAJ); y,
II. CONSIDERANDO:
II.1 Antecedentes
Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el
licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri car el cumplimiento de las Condiciones
Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su
funcionamiento;
Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de
la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – Sunedu, atribuida al Consejo Directivo, aprobar o
denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades;
Que, mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/CD el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el “Modelo de
Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano”, que contiene: el Modelo de Licenciamiento
Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud
de Licenciamiento Institucional1 ;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para Universidades
Públicas o Privadas con autorización provisional o de nitiva, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº
007-2015-SUNEDU/CD2, vigente al momento de la presentación de la Solicitud de Licenciamiento Institucional de
la Universidad, el procedimiento se desarrolla en tres (3) etapas denominadas: revisión documentaria, veri cación
presencial y emisión de la resolución, encontrándose las dos (2) primeras de ellas, orientadas a evaluar las CBC por
parte de las universidades solicitantes, a través de la revisión de los documentos que éstas alcancen para dicho n y su
veri cación a través de la visita correspondiente;
Que, el 27 de enero de 2017, la Universidad presentó su Solicitud de Licenciamiento Institucional (en adelante, SLI),
adjuntando la documentación exigida por el artículo 13 del acotado Reglamento;
Que, la Dilic inició el procedimiento de licenciamiento de la Universidad mediante Resolución de Trámite Nº
01-2017-SUNEDU-DILIC del 1 de febrero de 2017 y, por Resolución de Trámite Nº 02-2017-SUNEDU-DILIC, del 6 de
febrero de 2017, designó al equipo a cargo de la etapa de revisión documentaria;
Que, en el marco de los Decretos Legislativo Nº 1272, que modi ca la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General y que derogó la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y los Decretos Legislativos Nº
1246 y 1310; el 01 de marzo de 2017 la Dilic remitió al Despacho de la Superintendencia de la Sunedu el Informe Nº
013-2017/SUNEDU-02-12, a través del cual puso en consideración del Consejo Directivo, una propuesta de “Medidas de
simpli cación administrativa para el licenciamiento institucional” y de “Reglamento del procedimiento de licenciamiento
institucional”;
Que, posteriormente se publicó en el Diario O cial “El Peruano”, la Resolución del Consejo Directivo Nº
008-2017-SUNEDU/CD, que aprueba las “Medidas de simpli cación administrativa para el licenciamiento institucional” y
el “Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional”, dejando sin efecto los indicadores 16, 18, 25 y 26 del
Anexo Nº 2 del Modelo de Licenciamiento. Asimismo, la referida resolución dejó sin efecto parcialmente el indicador 19
respecto al requerimiento del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y determinó que los indicadores 21, 22, 23
y 24 del Anexo Nº 2 del Modelo de Licenciamiento sean evaluados en la etapa de veri cación presencial, una vez que la
Universidad cuente con una opinión favorable;
Que, revisada la documentación remitida por la Universidad, se efectuaron observaciones que fueron trasladadas a
la Universidad mediante O cio Nº 190-2017-SUNEDU/02-12, noti cado el 11 de abril de 2017;
1 Publicada en el Diario O cial “El Peruano”, el 24 de noviembre de 2015.
2 Publicada en el Diario O cial “El Peruano”, el 3 de diciembre de 2015.

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