DECRETO DE ALCALDIA, Nº 11-2017-MPC-AL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO - Disponen que el funcionario a cargo de la oficina de Coordinación Administrativa y Operativa de la Gerencia General de Transporte Urbano, sea la autoridad competente de la fase instructora de procedimientos administrativos sancionadores iniciados por infracciones a diversos reglamentos referidos al tránsito y servicios de transporte público-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 11-2017-MPC-AL

Fecha de disposición20 Septiembre 2017
Fecha de publicación06 Octubre 2017

Callao, 20 de septiembre de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DEL CALLAO

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley N° 28607 – Ley de Reforma de los Artículos 91º, 191º y 194° de la Constitución Política del Perú; en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972Ley Orgánica de Municipalidades, se establece expresamente que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que la autonomía municipal radica en la facultad de los gobiernos locales para ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; siendo competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 000009 de fecha 25 de junio del 2001 y modificatorias, se delegaron facultades resolutivas a la Gerencia de Transporte y Tránsito para resolver en primera instancia los reclamos de improcedencia contra papeletas de infracción, descargos contra actas de verificación, papeletas de infracción municipal, notificaciones administrativa, imponer las respectivas sanciones administrativas, así como el inicio del procedimiento administrativo sancionador por infracciones al Reglamento Nacional de Administración de Transportes, sus descargos e imponer las acciones administrativas respectivas y finalmente para resolver los recursos de reconsideración contra las resoluciones que emita;

Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es el instrumento normativo que contiene las reglas reguladoras de la conducta del Estado frente a los administrados, este cuerpo legal reúne los principios, procedimientos, derechos y obligaciones del administrado así como las atribuciones y limitaciones de la Administración Pública, entre otros aspectos;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1272, publicado el 21...

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