Sentencia nº 2344-2017/SPC de Sala Especializada en Protección al Consumidor, 26 de Septiembre de 2017

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2017
EmisorSala Especializada en Protección al Consumidor
Expediente797-2016/CC2
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Protección al Consumidor
RESOLUCIÓN 2344-2017/SPC-INDECOPI
EXPEDIENTE 797-2016/CC2
M-SPC-13/1B 1/7
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR N° 2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : ISRAEL ANTONIO ROJAS CARRANZA
DENUNCIADA : ACTIVOS PERUANOS S.A.C.
MATERIA : IDONEIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia interpuesta contra Activos Peruanos S.A.C., por
infracción de los artículos 18° y 19° del Código de Protección y Defensa del
Consumidor, en tanto quedó acreditado que dicho proveedor no cumplió con
atender la solicitud de gestión enviada por el denunciante el 29 de abril de
2016.
SANCION: 1 UIT
Lima, 26 de julio de 2017
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 5 de julio de 2016, el señor Israel Antonio Rojas
Carranza (en adelante, el señor Rojas) interpuso una denuncia contra Activos
Peruanos S.A.C.
1
(en adelante, la Inmobiliaria) ante la Comisión de
Protección al Consumidor Sede Lima Sur N° 2 (en adelante, la Comisión),
por presuntas infracciones de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa
del Consumidor (en adelante, el Código), señalando que la denunciada no
habría cumplido con: (i) atender la comunicación electrónica enviada el 29 de
abril de 2016, por el cual le solicitó que programe una reunión para evaluar el
arribo a un acuerdo conciliatorio sobre la devolución de los importes que
canceló por la adquisición de su departamento; y (ii) devolver el importe total
cancelado por concepto de separación y cuota inicial del inmueble que
adquirió, pese a que la transferencia no se concretó.
2. El 23 de agosto de 2016, la Comisión admitió a trámite la denuncia
presentada contra la Inmobiliaria, e imputó a título de cargo, la comisión de
posibles infracciones a los artículos 18° y 19° del Código, en tanto la
denunciada no habría cumplido con: (i) atender el correo enviado por el señor
Rojas el 29 de abril de 2016; y (ii) reembolsar al denunciante el monto que
pagó por concepto de separación y cuota inicial del inmueble que adquirió,
pese a que la transferencia no se concretó.
1
RUC: 20518710738. Domicilio fiscal: Av. Larco Nro. 743 Dpto. 705 (A 1/2 Cdra Av Benavides) Miraflores.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR