RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 060-2017-GRA/DREM, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH - Rectifican la R.D. Nº 026-2016-GRA/DREM mediante la cual se otorgó concesión definitiva de generacíon con recursos energéticos renovables a favor Hydrika 2 S.A.C:-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 060-2017-GRA/DREM

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2017

Huaraz, 22 de agosto de 2017

Visto:

El escrito presentado por la empresa Hydrika 2 SAC (en adelante, el administrado), a través de su Gerente General Daniel Querub Perelis, solicita rectificación por error material de la Resolución Directoral Nº 026-2016-GRA/DREM de fecha 29 de marzo de 2016 (en adelante, RD Nº 026-2016) e Informe Técnico Nº 015-2016-GRA/DREM/DTE/ava de fecha 14 de marzo de 2017 (en adelante, Informe Nº 015-2016) que la sustenta, indicando que por “error material” se consignó las coordenadas UTM de la concesión Hydrika 4, al momento de otorgarnos concesión definitiva del Proyecto Central Hidroeléctrica Hydrika 2;

Considerando:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante Ley Nº 27444),1 los errores materiales en los actos administrativos, pueden ser rectificados en cualquier momento, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido; por tanto, se debe agotar el procedimiento correspondiente debiendo emitir la presente a la Dirección de Formalización del Ministerio de Energía y Minas a fin de que proceda con la rectificación y actualización del registro de saneamiento;

Que, sobre el particular, Juan Carlos Morón Urbina2 señala que: “en tanto la Administración Pública requiera de seres humanos para su funcionamiento, su actuación es pasible de incurrir en errores de diferentes magnitudes. Así algunos de ellos serán de tal gravedad que conllevarán indefectiblemente la nulidad del acto administrativo emitido, mientras que otros pueden no tener incidencia alguna en aspectos sustanciales esenciales de este, reduciéndose simples errores materiales errores de cálculo que no afectan de manera sustancial la existencia del acto. Sobre el particular, Forsthoff señalo que: En términos generales parece que todo acto administrativo afectado de irregularidad debe ser declarado defectuoso. Pero hay irregularidades...

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