RESOLUCION, Nº 0303-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran infundada solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín-RESOLUCION-Nº 0303-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2017

Expediente Nº J-2016-01231-A01

PARIAHUANCA - HUANCAYO - JUNÍN

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diez de agosto de dos mil diecisiete.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Roberto Pérez Aisanoa en contra del acuerdo de concejo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 19-2016-MDP, del 29 de diciembre de 2016, que declaró infundado su recurso de reconsideración en contra del acuerdo de concejo de la Sesión Extraordinaria Nº 13-2016-MDP, del 27 de setiembre de 2016, que declaró su vacancia como regidor del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento Junín.

ANTECEDENTES

De la solicitud de vacancia

Con escrito, del 24 de mayo de 2016 (fojas 6 a 14), Keli Magali Balvín Avilez solicitó la vacancia de Roberto Pérez Aisanoa, regidor de la Municipalidad Distrital de Pariahuanca, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por haber ejercido funciones o cargos administrativos o ejecutivos, causal prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

La solicitud refiere que el regidor habría efectuado una acción de naturaleza administrativa y ejecutiva, de competencia de la administración municipal, puesto que, a través del Memorando Nº 001-2015-A/MDP, del 25 de junio de 2015, ordenó al gerente municipal la elaboración del proyecto de inversión pública “Mejoramiento de los servicios de educación del nivel secundario en la I.E. Santiago Antúnez de Mayolo de la comunidad de Lampa, distrito de Pariahuanca - Huancayo - Junín”.

Sesión Extraordinaria Nº 13-2016-MDP

En la Sesión Extraordinaria Nº 13-2016-MDP (fojas 82 a 84), del 27 de setiembre de 2016, el Concejo Distrital de Pariahuanca aprobó, por 4 votos a favor y 1 voto en contra, la vacancia del regidor por la causal de ejercicio de función o cargo administrativo o ejecutivo, prevista en el artículo 11 de la LOM.

Recurso de reconsideración

Por escrito, de fecha 13 de octubre de 2016 (fojas 93 a 97), el regidor afectado con la vacancia formuló recurso de reconsideración contra el acuerdo de concejo adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 13-2016-MDP, bajo los siguientes argumentos:

a) Desde el 31 de marzo de 2015, Mesías Quispe Gamarra, alcalde titular de la referida comuna, estaba imposibilitado de ejercer dicho cargo por cuanto contaba con una orden de prisión preventiva.

b) Dicha situación constituyó causal de suspensión en el cargo de alcalde, por lo que se encontraba facultado, en su calidad de primer regidor edil, a asumir el despacho de alcaldía.

Sesión Extraordinaria Nº 19-2016-MDP

En la...

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