ORDENANZA, Nº 02-2017-CR-GRL, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LIMA - Declaran de Interés Regional Prioritario la Elaboración e Implementación de Planes de Manejo Integrado de Zonas Marino Costeras-ORDENANZA-Nº 02-2017-CR-GRL

Fecha de publicación15 Septiembre 2017
Fecha de disposición15 Septiembre 2017

(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Lima, mediante Oficio Nº 806-2017-SCR-GRL, recibido el 13 de setiembre de 2017)

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE LIMA

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del día 06 de enero de 2017, en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

VISTO:

El proveído S/N del Presidente del Consejo Regional de Lima Sr. Miguel Ángel Arbieto Elguera, que contiene la Carta Nº 078-2016-GRL/PRES suscrita por el Gobernador Regional de Lima Ing. Nelson Chui Mejía, quien eleva la propuesta de Ordenanza Regional que declara de Interés Regional Prioritario la implementación de Manejo Integrado de las Zonas Marino Costeras en el ámbito del Gobierno Regional de Lima.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 67º de la Constitución Política del Perú de 1993, señala que el Estado promueve el uso sostenible de los recursos naturales;

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, dispone que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de acuerdo al Artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley;

Que, el Artículo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, indica que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada; y el empleo, así como garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR