RESOLUCION, Nº 028-2017-SUNEDU/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS - Aprueban Plan de Adecuación presentado por la Universidad de Ciencias y Humanidades-RESOLUCION-Nº 028-2017-SUNEDU/CD

Fecha de disposición31 Agosto 2017
Fecha de publicación06 Septiembre 2017

Lima, 31 de agosto de 2017

  1. VISTOS:

    La presentación del Plan de Adecuación con registros de tramite documentario Nºs RTD 019371 y 25121-2017-SUNEDU-TD, presentados el 7 de junio y 18 de julio de 2017, por la Universidad de Ciencias y Humanidades (en adelante, la Universidad); y, el Informe Técnico de Evaluación del Plan de Adecuación Nº 106-2017-SUNEDU/DILIC-EV de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y,

  2. CONSIDERANDO:

    II.1 Antecedentes

    Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento;

    Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo la de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades;

    Que, mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el “Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano”, que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del Proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional1;

    Que, por Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional (en adelante, el Reglamento)2;

    Que, el 13 de mayo de 2016, la Universidad presentó su solicitud de licenciamiento institucional;

    Que, iniciado el procedimiento por Resolución de Trámite Nº 041-2016-SUNEDU-DILIC, del 19 de mayo de 2016, la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic) designó al equipo a cargo de la etapa de revisión documentaria mediante la Resolución de Trámite Nº 078-2016-SUNEDU-DILIC;

    Que, revisada la documentación remitida por la Universidad, se efectuaron observaciones y, en atención a ello, mediante Oficio Nº 288-2016-SUNEDU/02-12, notificado el 1 de julio de 2016, se requirió que presente información para la subsanación de las observaciones formuladas, en un plazo de diez (10) días hábiles;

    Que, mediante Oficio Nº 015-2016-GG-UCH, recibido el 3 de agosto de 2016, la Universidad presentó la información para el levantamiento de las observaciones;

    Que, mediante Oficio Nº 368-2016/SUNEDU-02-12 notificado el 27 de setiembre de 2016, se informó a la Universidad el resultado favorable de la etapa de revisión documentaria, llevándose a cabo la visita de verificación presencial el 28 de setiembre de 2016;

    Que, mediante Resolución de Trámite Nº 135-2016-SUNEDU-DILIC de fecha 5 de octubre de 2016, la Dilic aprobó el informe de Verificación Presencial;

    Que, mediante Oficio Nº 099-2017-SUNEDU/DILIC, notificado el 24 de febrero de 2017, la Dilic remitió a la Universidad el Informe Complementario de Evaluación Nº 034-2017-SUNEDU/02-12 (en adelante, el Informe Complementario), el cual detalla las observaciones detectadas como resultado de la evaluación de cumplimiento de las CBC, requiriendo a la Universidad que, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, presente un Plan de Adecuación (en adelante, PDA);

    Que, el PDA es el instrumento que permite que las universidades...

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