ORDENANZA, Nº 186-2017-MDP/C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC - Modifican el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA), incorporando en el CUIS tipificación de infracciones y sanciones a proveedores de transporte y comercio local de alimentos agropecuarios y piensos-ORDENANZA-Nº 186-2017-MDP/C

Fecha de disposición16 Agosto 2017
Fecha de publicación26 Agosto 2017

Pachacámac, 16 de agosto del 2017

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE PACHACÁMAC

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de Agosto del 2017, el Informe Nº 116-2017-MDP/GDHyPS-SGPAyS, emitido por la Sub Gerencia de Programas Alimentarios y Salud con respecto al proyecto de Ordenanza que APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) INCORPORANDO EN EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS), LA TIPIFICACIÓN DE INFRACCIONES Y SANCIONES A LAS PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS PROVEEDORAS DEL TRANSPORTE Y COMERCIO LOCAL DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma V Constitucional del Capítulo XIV del Título sobre Descentralización y Ley Nº 30305, Ley de reforma de los Artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra consagrada en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.

Que, la Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, en su Artículo 42º, inciso c), indica como competencias exclusivas el administrar y reglamentar los servicios públicos locales, destinados a satisfacer las necesidades colectivas de carácter local.

Que, el numeral 8) del Artículo de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades” señala que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas.

Que, el inciso 3.1) del Artículo 83º de la norma acotada señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades...

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