ORDENANZA, Nº 268-2017/MLV, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA - Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 268-2017/MLV

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2017

La Victoria, 9 de junio de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA

VICTORIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de la fecha,

VISTO: el Dictamen Conjunto N° 004-2017-CPPPAL-CPRDE/MLV, de fecha 08 de junio de 2017, de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - N° 27972; los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de acuerdo al numeral 4, artículo 200º de la Constitución Política del Perú;

Que, el artículo 195º de la norma constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo de la economía local, así como la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con los planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley; así como a presentar iniciativas legislativas en materia y asuntos de su competencia;

Que, el numeral 39.1 del artículo 39º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, dispone que “Los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por la decisión del titular de los organismos constitucionalmente autónomos. Dichos procedimientos deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de las tasas que sean aplicables”;

Que, el numeral 51.1 del artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, sobre los derechos de tramitación señala “Procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio...

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