ORDENANZA, Nº 014-2017-MDJCC-A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE CRESPO Y CASTILLO - Ordenanza que declara bien de dominio público para servicio público al inmueble del centro piscícola municipal de Aucayacu-ORDENANZA-Nº 014-2017-MDJCC-A

Fecha de publicación08 Agosto 2017
Fecha de disposición08 Agosto 2017

Aucayacu, 11 de abril del 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

JOSE CRESPO Y CASTILLO

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de José Crespo y Castillo, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de Abril de 2017, ha tratado la propuesta de la ordenanza que declara bien de dominio público para servicio público el inmueble del centro piscícola municipal de Aucayacu, en el Distrito de José Crespo y Castillo; y, visto el informe Nº 0185-2017/GIAT-MDJCC-A, de fecha 13 de marzo de 2017, de la Gerencia de Infraestructura Acondicionamiento Territorial y Catastro, la Opinión Legal Nº 021-2017/GAJ/MDJCC-A, de fecha 15 de marzo de 2017, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisándose en el art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que dicha autonomía se ejerce a través de actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de conformidad el artículo 195º.5 de la Constitución Política del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales su competencia de organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad; siendo la Municipalidad Distrital de José Crespo y Castillo la propietaria del inmueble del Centro Piscícola Municipal de Aucayacu;

Que, el artículo 2.2 del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA define como bienes de dominio público: aquellos bienes estatales, destinados al uso público como playas, plazas, parques, infraestructura vial, vías férreas, caminos y otros, cuya administración, conservación y mantenimiento corresponde a una entidad; aquellos que sirven de soporte para la prestación de cualquier servicio público como los palacios, sedes gubernativas e institucionales, escuelas, hospitales, estadios, aportes reglamentarios, bienes reservados y afectados en uso a la defensa nacional...

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