ORDENANZA, Nº 344-2017-ML, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURÍN - Ordenanza que otorga facilidades de pago con gradualidad en deudas tributarias para los contribuyentes que residan en las cinco zonas del distrito de Lurín-ORDENANZA-Nº 344-2017-ML

Fecha de disposición20 Julio 2017
Fecha de publicación01 Agosto 2017

Lurín, 20 de julio de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LURIN

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Lurín, visto en Sesión Ordinaria de fecha 20 de Julio de 2017, visto el Memorándum Nº 359-2017-GR/ML de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 0587-2017-GAJ/ML de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto al “Proyecto De Ordenanza Que Otorga Facilidades De Pago Con Gradualidad En Deudas Tributarias Para Los Contribuyentes Que Residan En Las Cinco Zonas Del Distrito De Lurín”; y,

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto en los artículos 194º y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, sobre descentralización; asimismo en concordancia con el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, 1) promueven el desarrollo y la economía local, 2) la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad y 3) gozan de competencia de crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley.

Que, en ese sentido el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que conforme a lo señalado a las normas referidas precedentemente así como en el Artículo 74º de la Carta Magna, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones dentro de los límites que fije la Ley.

Que, conforme a lo previsto en el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú, corresponde al Concejo Municipal la función normativa a través de ordenanzas, las que tienen rango de Ley.

Que, asimismo el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de la Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley.

Que, con Informe Nº 1683-2017-SGRR-GR/ML, de fecha 30 de Mayo del 2017, la Sub Gerencia de Registro y Recaudación propone el “Proyecto de Ordenanza que otorga facilidades de pago con gradualidad en deudas tributarias para los contribuyentes que residan en las cinco zonas del Distrito de Lurín” con la finalidad de promover y establecer beneficios de forma gradual para el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias generadas a los contribuyentes residentes en las zonas “A”; “B”; “C”; “D” y “E” del Distrito de Lurín, ante la...

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