LEY, Nº 30615, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Servicio de Emergencia del Hospital Nacional Arzobispo Loayza” y autoriza la expropiación de un bien inmueble para la ejecución de dicho proyecto-LEY-Nº 30615
Emisor | CONGRESO DE LA REPUBLICA |
Fecha de la disposición | 27 de Julio de 2017 |
ley nº 30615
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EMERGENCIA DEL HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA” Y AUTORIZA LA EXPROPIACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE DICHO PROYECTO
El objeto de la presente ley es declarar de necesidad pública e interés nacional la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Servicio de Emergencia del Hospital Nacional Arzobispo Loayza”, y autorizar la expropiación de un bien inmueble para la ejecución de dicho proyecto.
Declárase de necesidad pública e interés nacional la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Servicio de Emergencia del Hospital Nacional Arzobispo Loayza”, y autorízase, para tal fin la expropiación de un bien inmueble cuya ubicación, linderos, medidas perimétricas y área total se encuentra inscrita a favor de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, en la Partida Electrónica 07027226 del Registro de Predios de Lima, de acuerdo con lo que establece el artículo 28 del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, y sus normas modificatorias.
3.1. La declaratoria de necesidad pública e interés nacional y la expropiación se justifican en la necesidad de fortalecer la capacidad resolutiva del Servicio de Emergencia del Hospital Nacional Arzobispo Loayza, para garantizar un servicio de salud favorable a la ciudadanía con criterios de seguridad, oportunidad y calidad.
3.2. La expropiación se lleva a cabo de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado...
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