Sentencia nº 374-2017/SDC de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 27 de Junio de 2017

Fecha de Resolución27 de Junio de 2017
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente147-2016/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0374-2017/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0147-2016/CEB
M-SDC-02/1A 1/23
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : RICARDO MIGUEL ARRARTE GRAU
DENUNCIADO : MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
TERCERO
ADMINISTRADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ISIDRO
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EN GENERAL
SUMILLA: Se confirma la Resolución 0484-2016/CEB-INDECOPI del 30 de
setiembre de 2016, en el extremo que declaró fundada la denuncia del señor
Ricardo Miguel Arrarte Grau contra la Municipalidad Metropolitana de Lima y,
en consecuencia, barrera burocrática ilegal la disminución del nivel de uso del
suelo respecto del área del distrito de San Isidro donde está ubicado el
inmueble del denunciante, materializada en la Ordenanza 1067-MML,
actualizada a través de la Ordenanza 1328-MML.
La razón es que, al aprobar la Ordenanza 1067-MML, actualizada por la
Ordenanza 1328-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima disminuyó el
nivel de uso del suelo correspondiente al área del distrito de San Isidro donde
está ubicado el inmueble del denunciante, lo que resulta contrario a lo
dispuesto por el artículo 21 de la Ordenanza 1862-MML, recogido
precedentemente en el artículo 35 de la Ordenanza 620-MML.
Asimismo, se confirma la Resolución 0484-2016/CEB-INDECOPI del 30 de
setiembre de 2016, en el extremo que dispuso la inaplicación de la barrera
declarada ilegal en el presente procedimiento, así como de los actos que la
materialicen, a favor del señor Ricardo Miguel Arrarte Grau.
Lima, 27 de junio de 2017
I. ANTECEDENTES
1. El 12 de abril de 2016, el señor Ricardo Miguel Arrarte Grau (en adelante, el
señor Arrarte y/o el denunciante) denunció a la Municipalidad Metropolitana de
Lima (en lo sucesivo, la Municipalidad de Lima y/o la denunciada) y a la
Municipalidad Distrital de San Isidro (en adelante, la Municipalidad de San
Isidro) ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (en adelante,
la Comisión) por la presunta imposición de una barrera burocrática ilegal y/o
carente de razonabilidad consistente en la disminución de los niveles de uso del
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0374-2017/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0147-2016/CEB
M-SDC-02/1A 2/23
suelo respecto del área del distrito de San Isidro donde está ubicado su
inmueble
1
, materializada en la Ordenanza 1067-MML
2
, actualizada a través de
la Ordenanza 1328-MML
3
.
2. En su denuncia, el señor Arrarte señaló lo siguiente:
(i) A través de la absolución de una serie de consultas formuladas, la
Municipalidad de San Isidro le indicó que no resultaba posible otorgar
una licencia de funcionamiento en el giro de oficina administrativa a su
local ubicado en Av. Jorge Basadre Grohmann 951, aduciendo que, de
acuerdo a la Ordenanza 1328-MML, éste contaría con un uso no
conforme.
(ii) Con base a las Ordenanzas 312-MML
4
y 950-MML
5
, el Decreto de
Alcaldía 012-2006-ALC/MSI, la Ley 27180 y la Resolución de Alcaldía
025-2004-ALC-MSI, la Municipalidad le otorgó licencia de
funcionamiento a la empresa Garwich S.A.C.
6
, otrora arrendataria del
referido local, que utilizó dicho bien por el plazo de diez (10) años, luego
del cual se dio por finalizada la relación contractual.
(iii) La Ordenanza 950-MML, vigente a la fecha de otorgamiento de la
licencia de funcionamiento de Garwich S.A.C., consignó el área en la que
se ubica su inmueble como una Zona Residencial de Densidad Media
(RDM) y Densidad Alta (RDA), compatibles con actividades de servicios
profesionales y oficinas administrativas que se desarrollen en viviendas
unifamiliares existentes.
(iv) A través de la Ordenanza 1328-MML se disminuyeron los índices de uso
del suelo previstos en las Ordenanzas 950-MML y 1067-MML, lo que
1
Ubicado en Av. Jorge Basadre Grohmann 951, San Isidro.
2
Ordenanza que Aprueba el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de San Isidro, emitida
por la Municipalidad de Lima y publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de setiembre de 2007.
3
Ordenanza que Actualiza el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de San Isidro, emitida
por la Municipalidad de Lima y publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de diciembre de 2009.
4
Ordenanza que Aprueba el Plan Urbano Ambiental del distrito de San Isidro para el periodo 2000-2010, emitida por la
Municipalidad de Lima y publicada en el diario oficial “El Peruano” el 24 de marzo de 2001.
5
Ordenanza que Aprueba el Reajuste Integral de Zonificación Usos del Suelo del distrito de San Isidro y un sector del
distrito de Magdalena del Mar, que son parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana, emitida por
la Municipalidad de Lima y publicada en el diario oficial “El Peruano” el 17 de junio de 2006.
6
A través de la Resolución de Licencia de Funcionamiento 007391-2006-19.1-SLAM-GACU-MSI, de fecha 18 de octubre
de 2006.

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