Sentencia nº 341-2017/SDC de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Junio de 2017

Fecha de Resolución13 de Junio de 2017
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente199-2016/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0341-2017/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0199-2016/CEB
1/16
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : SINDICATO CONSTRUCTOR S.A.C.
DENUNCIADA : MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
MATERIAS : BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 0568-2016/CEB-INDECOPI del 11 de
noviembre de 2016, en el extremo que declaró barrera burocrática ilegal la
prohibición de construir un edificio de hasta doce (12) pisos materializada en
la Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano 061-2013 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima; y, reformándola, se declara legal.
La razón es que la prohibición denunciada fue emitida con base en lo
dispuesto en la Ordenanza 290-MDMM, la cual dispone que para construir un
inmueble de hasta doce (12) pisos en una zona RDA-Residencial de Densidad
Alta se debe contar con el 40% de área libre, situación que no cumpliría el
inmueble de la denunciante.
En tal sentido, la Municipalidad Metropolitana de Lima actuó dentro del marco
de sus competencias y en cumplimiento de las ordenanzas existentes a la
fecha en la cual emitió la Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano 061-
2013.
Lima, 13 de junio de 2017
I. ANTECEDENTES
1. El 23 de mayo de 2016
1
, el Sindicato Constructor S.A.C. (en adelante, el
denunciante) interpuso una denuncia contra la Municipalidad Metropolitana de
Lima (en adelante, MML), ante la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas (en adelante, la Comisión), por la presunta imposición de una
barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad consistente en la
prohibición de construir un edificio de hasta 12 pisos, pese a contar con una
licencia de edificación de ampliación y encontrarse acorde a los parámetros
urbanísticos y edificatorios, materializada en la Resolución de Gerencia de
1
Precisada con escritos del 17 de junio y 12 de julio de 2016, conforme a lo solicitado por las Cartas 0439-
2016/INDECOPI-CEB del 13 de junio de 2016 y Carta 0497 -2016/INDECOPI-CEB del 11 de julio de 2016,
respectivamente.
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 0341-2017/SDC-INDECOPI
EXPEDIENTE 0199-2016/CEB
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Desarrollo Urbano 061-2013 del 11 de julio de 2013, emitida por la Gerencia
de Desarrollo Urbano de la MML.
2. El denunciante fundamenta su denuncia en lo siguiente:
(i) La Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano 061-2013 es ilegal toda
vez que no cumple con lo indicado en la Ordenanza 1275
2
y su
reglamento aprobado con Decreto de Alcaldía 001
3
, dado que:
quien formuló la denuncia ante la MML no se encontraba legitimado,
al no ser un vecino inmediato al inmueble objeto de su licencia de
edificación. Así como, tampoco se conoce la fecha de presentación
de su denuncia.
fue emitida fuera del plazo de 15 días, computados desde la fecha de
recepción del expediente por la MML (10 de octubre de 2012),
conforme a lo establecido en la Ordenanza 1275 y su reglamento.
No se le notificaron los informes que la sustentan.
(ii) La Resolución de Gerencia de Desarrollo Urbano 061-2013 emitida por
la MML materializa una prohibición de construir un edificio de hasta 12
pisos
4
, al declarar la nulidad de la Resolución de Gerencia 115-2012-
GDUO-MDMM
5
, del 30 de marzo de 2012, emitida por la Municipalidad
Distrital de Magdalena del Mar, pese a contar con el Certificado de
Parámetros Urbanísticos y Edificatorios 84-2012-DPUOPC-GDUO-MMM
emitido por la citada municipalidad distrital.
3. Con Resolución 0460-2016/STCEB-INDECOPI del 18 de julio de 2016, la
Secretaría Técnica de la Comisión admitió a trámite la denuncia por la
presunta imposición de una barrera burocrática ilegal y/o carente de
2
Ordenanza que faculta a la Municipalidad Metropolitana de Lima para intervenir en los procesos de licencias de
habilitación urbana y de edificación si se denuncian transgresiones a la normativa oficial, publicada en el diario oficial
“El Peruano” el 23 de julio de 2009.
3
Publicado en el diario oficial “El Peruano” el 20 de enero de 2010.
4
Inmueble ubicado en el Jr. Cossio 305-311, esquina con el Jr. Soto Valle 295 del distrito de Magdalena del Mar,
conforme a su proyecto inmobiliario “Criket” autorizado con la Licencia de Edificación Nueva aprobada con la
Resolución de Gerencia 561-2010-GDUO-MDMM del 5 de agosto de 2010 y ampliada con Licencia de Edificación de
Ampliación aprobada con Resolución de Gerencia 115-2012-GDUO-MDMM, del 30 de marzo de 2012.
5
Mediante la citada resolución, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar otorgó la Licencia de Obra Ampliación
en la Modalidad “C” a favor del denunciante, autorizando la ampliación de construcción de un edificio de hasta doce
(12) pisos ubicado en el Jr. Cossio 305-311, esquina con el Jr. Soto Valle 295 del distrito de Magdalena del Mar.

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