ORDENANZA, Nº 08-2017-CR-GRL, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LIMA - Aprueban el Código de Ética Normativa, Fiscalizadora y Representativa de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Lima-ORDENANZA-Nº 08-2017-CR-GRL
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE LIMA |
Fecha de la disposición | 23 de Julio de 2017 |
EL GOBERNADOR REGIONAL DE LIMA
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del 12 de mayo de 2017, en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
VISTO:
La Carta Nº 002-2017-CO-EMD-CR/GRL del Presidente de la Comisión Ordinaria de Ética y Medidas Disciplinarias, que solicita la aprobación del Dictamen Final sobre el proyecto de Código de Ética Normativa, Fiscalizadora y Representativa de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 15º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional de Lima;
Que, es competencia del Gobierno Regional de Lima emitir Ordenanzas Regionales conforme a lo previsto en el Art. 38º de la citada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)”.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026-2015-CR/RL, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional; el mismo que en su Artículo 2º establece que el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional, y de la gestión y conducta publica de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificatorias y conexas.
Que, la Ley Nº 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública, que establece los principios éticos, los deberes y obligaciones de los funcionarios y servidores públicos, en este caso de los Consejeros Regionales, que además tienen concordancia con la ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima;
Que, el Artículo 76º del Reglamento del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 026-2015-CR-RL, establece que las proposiciones de Ordenanzas Regionales deben contener obligatoriamente:
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Exposición de motivos
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Costo beneficio
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Efecto de vigencia de la norma
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Fórmula Legal
Que, el Artículo Nº 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter regional, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.
Que, dicho procedimiento normativo conforme al Artículo 77º del Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 026-2015-CR/GRL, establece que la presentación de las proposiciones de Ordenanza Regional y de Acuerdo de Consejo Regional está sujeta, además de lo señalado en el artículo precedente, a los siguientes requisitos especiales:
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Las proposiciones presentadas por el Gobernador Regional deben estar refrendadas por el Gerente General Regional y por el Gerente Regional y/o Director Regional Sectorial acompañándose el documento sustentatorio del órgano técnico y legal del Ejecutivo del Gobierno Regional, dentro del...
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