ORDENANZA, Nº 08-2017-CR-GRL, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LIMA - Aprueban el Código de Ética Normativa, Fiscalizadora y Representativa de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Lima-ORDENANZA-Nº 08-2017-CR-GRL

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Fecha de la disposición23 de Julio de 2017

EL GOBERNADOR REGIONAL DE LIMA

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del 12 de mayo de 2017, en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

VISTO:

La Carta Nº 002-2017-CO-EMD-CR/GRL del Presidente de la Comisión Ordinaria de Ética y Medidas Disciplinarias, que solicita la aprobación del Dictamen Final sobre el proyecto de Código de Ética Normativa, Fiscalizadora y Representativa de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 15º de la Ley 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece como atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional de Lima;

Que, es competencia del Gobierno Regional de Lima emitir Ordenanzas Regionales conforme a lo previsto en el Art. 38º de la citada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)”.

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026-2015-CR/RL, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional; el mismo que en su Artículo 2º establece que el Consejo Regional es el órgano supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalización de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional, y de la gestión y conducta publica de los funcionarios del mismo, y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificatorias y conexas.

Que, la Ley Nº 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública, que establece los principios éticos, los deberes y obligaciones de los funcionarios y servidores públicos, en este caso de los Consejeros Regionales, que además tienen concordancia con la ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima;

Que, el Artículo 76º del Reglamento del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 026-2015-CR-RL, establece que las proposiciones de Ordenanzas Regionales deben contener obligatoriamente:

  1. Exposición de motivos

  2. Costo beneficio

  3. Efecto de vigencia de la norma

  4. Fórmula Legal

Que, el Artículo Nº 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter regional, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia.

Que, dicho procedimiento normativo conforme al Artículo 77º del Reglamento Interno de Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 026-2015-CR/GRL, establece que la presentación de las proposiciones de Ordenanza Regional y de Acuerdo de Consejo Regional está sujeta, además de lo señalado en el artículo precedente, a los siguientes requisitos especiales:

  1. Las proposiciones presentadas por el Gobernador Regional deben estar refrendadas por el Gerente General Regional y por el Gerente Regional y/o Director Regional Sectorial acompañándose el documento sustentatorio del órgano técnico y legal del Ejecutivo del Gobierno Regional, dentro del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR