ORDENANZA, Nº 231-2017-MDSL/C, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS - Establecen beneficio de regularización de deudas tributarias vencidas y de cancelación de multas administrativas-ORDENANZA-Nº 231-2017-MDSL/C

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Fecha de la disposición19 de Julio de 2017

San Luis, 19 de julio del 2017

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN

LUIS.

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 19 de Julio del 2017, el Informe Nº 0055-2017-GAT/MDSL de fecha 12 de Julio del 2017, Informe N° 280-2017-MDP/GAJ de fecha 14 DE Julio del 2017, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre “Proyecto de Ordenanza que establece el beneficio de regularización de deudas tributarias y no tributarias vencidas a contribuyentes del distrito de San Luis.” y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 04.10.05, precisa que (…) las municipalidades distritales son órganos de gobierno local y que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey Nº 27972,

Que, la autonomía citada a la que se hace mencionen el párrafo precedente y las funciones de gobierno local, son ejercidas por los Concejo Municipales a través de la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el Art. 39° de la Ley 27972Ley Orgánica de Municipalidades lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el artículo 200° numeral 44) de la Constitución política del Perú, que otorga e rango de ley a las Ordenanzas Municipales.

Que, conforme al Artículo 74° y numeral 4) del Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Nuevo Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF promulgado el 22 de Junio del 2013, (…) Los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios y Licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con límites que señala la Ley.

Que, el Artículo 40° de la Ley Orgánica de MunicipalidadesLey N° 27972 prescribe que (…) las Municipalidades Distritales mediante Ordenanza crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley.

Que, el segundo párrafo del Artículo 41° del Texto Único Ordenado del Nuevo Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales...

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