RESOLUCION, Nº 14-2017-SUNAT/5F0000, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Modifican el Procedimiento Específico "Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos", DESPA-PE.00.15 (versión 1)-RESOLUCION-Nº 14-2017-SUNAT/5F0000

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fecha de la disposición17 de Julio de 2017

Callao, 17 de julio de 2017

CONSIDERANDO:

Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 029-2012/SUNAT/A se aprobó el procedimiento específico “Resoluciones Anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos”, recodificado como DESPA-PE.00.15 (versión 1) mediante Resolución de Intendencia Nacional de Aduanas N° 07-2017-SUNAT/5F0000;

Que resulta necesario modificar el citado procedimiento a fin de adecuarlo a la regulación de la emisión de las resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y la reimportación de mercancías reparadas o alteradas, contenida en diversos tratados y convenios suscritos por el Perú;

En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias, y a la Resolución de Superintendencia N° 172-2015/SUNAT.

SE RESUELVE:

Artículo 1 Modificación del título del procedimiento específico “Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos”, DESPA-PE.00.15 (versión 1).

Modifícase el título del procedimiento específico “Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos”, DESPA-PE.00.15 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 029-2012/SUNAT/A, conforme al siguiente texto:

PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “RESOLUCIONES ANTICIPADAS RELACIONADAS CON LA APLICACIÓN DE DEVOLUCIONES, SUSPENSIONES, EXONERACIONES DE ARANCELES ADUANEROS Y REIMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS REPARADAS O ALTERADAS EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS DE PROMOCIÓN COMERCIAL, ACUERDOS DE LIBRE COMERCIO O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR EL PERÚ”, DESPA-PE.00.15 (VERSIÓN 1)”.

Artículo 2

Modifícase las secciones I; II; III; V; el título de la sección, el numeral 1, el literal d) del numeral 4, el literal c) del numeral 6 y el numeral 7 de la sección VI; el numeral 1 y el literal b) del numeral 2 del acápite A), el numeral 2 del acápite B), el numeral 3 del acápite C), el numeral 1 del acápite D) y el numeral 1 del acápite E) de la sección VII; las secciones X, XI; y el Anexo 1 del procedimiento específico “Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos”, DESPA-PE.00.15 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 029-2012/SUNAT/A, conforme a los siguientes textos:

I. OBJETIVO

Establecer las pautas que regulan la emisión, modificación y revocación de resoluciones anticipadas relacionadas a la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco de los Acuerdos de Promoción Comercial, Acuerdos de Libre Comercio o Tratados de Libre Comercio suscritos por el Perú, en adelante el Acuerdo Comercial.

II. ALCANCE

Está dirigido a los operadores del comercio exterior y al personal de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico...

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