DECRETO DE ALCALDIA, Nº 014-2017-ALC/MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Aprueban implementación de la Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de Villa El Salvador-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 014-2017-ALC/MVES

EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Fecha de la disposición12 de Julio de 2017

Villa El Salvador, 12 de julio de 2017

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VILLA EL SALVADOR

VISTO: El Memorando Nº 816-2017-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 257-2017-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 033-2017-GSCGA/MVES de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Informe Nº 0195-2017-SGLPM-GSCGA/MVES de la Subgerencia de Limpieza Pública y Maestranza, el Informe Nº 075-2017-LNAR-GSCGA/MVES de la Especialista Ambiental de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 36º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social”; asimismo, el numeral 3.1 del artículo 80º de la citada Ley, señala como función exclusiva de las municipalidades en materia de saneamiento, salubridad y salud, entre otras, la siguiente: “Proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios”; por otro lado, el numeral 2.1 del artículo 84º de la Ley, señala que es función exclusiva de las municipalidades...

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