Resolución nº 1442-2017/DIN de Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías, de 28 de Junio de 2017
Fecha de Resolución | 28 de Junio de 2017 |
Emisor | Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías |
Número de expediente | 000514-2014/DIN |
DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS
EXPEDIENTE Nº 000514-2014/DIN
RESOLUCIÓN Nº 001442-2017/DIN-INDECOPI Lima, 28 de junio de 2017
Solicitud caduca de patente de invención - Pago de anualidades
Mediante expediente Nº 000514-2014/DIN, iniciado el 10 de abril de 2014, con fecha de presentación internacional PCT el 09 de noviembre de 2012, ALMIRALL, S.A., de España, solicita patente de invención para "NUEVOS DERIVADOS DE CICLOHEXILAMINA QUE TIENEN ACTIVIDAD COMO AGONISTAS ADRENÉRGICOS ß2 Y COMO ANTAGONISTAS MUSCARÍNICOS M3".
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ANALISIS La Decisión 311 de la Comisión de la Comunidad Andina, estableció la obligación de pago de tasas periódicas para mantener vigente la patente o una solicitud de patente en trámite. Esta obligación se mantiene en las Decisiones 313, 344 y 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. El artículo 80 de la Decisión 486 establece que para mantener vigente una solicitud de patente en trámite deberán pagarse las tasas anuales, de conformidad con las disposiciones de la oficina nacional competente. Asimismo, el citado artículo establece que la fecha de vencimiento de cada anualidad será el último día del mes en que fue presentada la solicitud y que la tasa anual podrá pagarse dentro de un plazo de gracia de seis meses, plazo que fue debidamente notificado a la solicitante, según obra a foja 360 del expediente. Habiendo vencido el plazo de gracia para cumplir con la obligación de pagar la tasa periódica o anualidad, se verifica en los actuados que obran...
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