RESOLUCION, Nº 0262-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran infundado recurso extraordinario por afectación del debido proceso y de la tutela procesal efectiva en contra de la Res. Nº 0250-2017-JNE-RESOLUCION-Nº 0262-2017-JNE
Fecha de disposición | 07 Julio 2017 |
Fecha de publicación | 07 Julio 2017 |
Sección | Sección Única |
Expediente Nº J-2017-00227
JEE HUARAZ (EXPEDIENTE Nº 00046-2017-003)
SANTA CRUZ - HUAYLAS - ÁNCASH
CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA
RECURSO EXTRAORDINARIO
Lima, seis de julio de dos mil diecisiete
VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso extraordinario por afectación al debido proceso y a la tutela procesal efectiva interpuesto por Ciro Walter Mallqui Milla, en contra de la Resolución Nº 0250-2017-JNE, del 23 de junio de 2017, sobre nulidad de elecciones en el marco de la Consulta Popular de Revocatoria realizada en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, departamento de Áncash.
ANTECEDENTES
Referencia sumaria de la resolución de segunda instancia
Mediante la Resolución Nº 0250-2017-JNE, de fecha 23 de junio de 2017, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por Ciro Walter Mallqui Milla, personero legal titular del alcalde distrital sometido a consulta popular de revocatoria, en contra de la Resolución Nº 003-2017-JEE HUARAZ/JNE, del 16 de junio de 2017, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz (en adelante, JEE), que declaró infundado el pedido de nulidad de las elecciones realizadas en el distrito de Santa Cruz, provincia de Huaylas, departamento de Áncash.
Este órgano colegiado declaró infundado el recurso de apelación sobre la base del argumento de no encontrarse acreditado que haya mediado fraude y/o soborno para inclinar la votación a favor de alguna opción en consulta y menos aún la vinculación existente entre los alegados electores golondrinos (cuyo cuestionamiento fue extemporáneo), en número tal que los hechos invocados hayan supuesto una distorsión en la manifestación del ejercicio del derecho de sufragio de los votantes del distrito de Santa Cruz, de manera que justifique la declaratoria de nulidad de las elecciones llevadas a cabo con motivo de la consulta popular de revocatoria de autoridades en la referida circunscripción electoral.
Argumentos del recurso extraordinario
El 28 de junio de 2017, el personero legal titular de la autoridad sometida a consulta interpuso recurso extraordinario por afectación del derecho al debido proceso y a la tutela procesal efectiva, bajo el argumento de que en el expediente se encontraban los medios probatorios respecto a lo sucedido en el distrito de Santa Cruz, el 10 y 11 de junio del año en curso, y como prueba adicional acompañó tres (3) declaraciones...
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