RESOLUCION SUPREMA, Nº 132-2017-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitud de ampliación de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación a Colombia-RESOLUCION SUPREMA-Nº 132-2017-JUS

Fecha de disposición28 Junio 2017
Fecha de publicación30 Junio 2017
SecciónSección Única

Lima, 28 de junio de 2017

VISTO; el Informe Nº 055-2017/COE-TC, del 20 de marzo de 2017, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano FELIPE DÍAZ ROJAS a la República de Colombia, formulada por el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cajamarca, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Apropiación ilícita, en agravio de la empresa Servicios Generales JJP S.R.L;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema, en cumplimiento de la ley y de los tratados;

Que, conforme al numeral 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva del 15 de septiembre de 2016, declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano FELIPE DÍAZ ROJAS, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Apropiación ilícita, en agravio de la empresa Servicios Generales JJP S.R.L (Expediente Nº 109-2016);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

Que, en mérito a la regulación antes señalada, la Comisión Oficial de...

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