RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 299-2017-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Disponen la publicación en el portal del Ministerio del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del D. Leg. Nº 1304, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Etiquetado y Verificación de los Reglamentos Técnicos de los Productos Industriales Manufacturados-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 299-2017-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición26 de Junio de 2017

Lima, 26 de junio de 2017

VISTOS: El Memorando N° 204-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGSFS, de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones, que hace suyo el Informe N° 008-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGSFS-DS, de la Dirección de Supervisión; el Memorando N° 606-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 133-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DN, de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, que hace suyo el Informe N° 018-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DN-evasquezq; el Informe N° 889 -2017-PRODUCE/OGAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el citado Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fiscalizados;

Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, disponen que el Ministerio de la Producción, en el marco de sus competencias, cumple las funciones de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan, comprendiendo la facultad de tipificar reglamentariamente las infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas legalmente; así como, cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia, ejerciendo la potestad fiscalizadora, sancionadora y de ejecución coactiva correspondiente; para estos efectos podrá dictar las medidas cautelares y correctivas correspondientes;

Que, el literal b) del artículo 120 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2017-PRODUCE, señala que la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanciones supervisa, fiscaliza y sanciona el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los reglamentos técnicos referidos a productos industriales manufacturados para uso o consumo final, con excepción del etiquetado, en todo el territorio nacional;

Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N°...

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