Resolución nº 1442-2017/CC1 de Comisión de Protección al Consumidor, de 14 de Junio de 2017

Fecha de Resolución14 de Junio de 2017
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente68-2017/CC1

Lima, 14 de junio de 2017

ANTECEDENTES

  1. El 12 de enero de 2017, el señor Aparicio denunció al Banco por presuntas infracciones a la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor1 (en adelante, el Código), señalando lo siguiente:

    (i) En el año 2014 contrató dos créditos vehiculares con el Banco, para lo cual endosó los dos seguros obligatorios, uno para cada auto.

    (ii) El 3 de setiembre de 2016, decidió cancelar las dos deudas respecto a los créditos vehiculares; no obstante, el Banco no habría verificado en sus sistemas la cancelación de los créditos, contratando a su nombre y sin haberle notificado o informado por ningún medio, dos seguros vehiculares. Por tal motivo, a la fecha, no puede realizar el levantamiento de prenda vehicular en ninguno de sus vehículos, dado que aparece como deudor en el sistema.

  2. El señor Aparicio solicitó, en calidad de medida correctiva, que se ordene al Banco anular los cobros o deudas existentes en la medida en que los créditos vehiculares ya fueron cancelados.

  3. Mediante Resolución N° 1 del 22 de febrero de 2017, la Secretaría Técnica admitió a trámite la denuncia interpuesta por el señor Aparicio contra el Banco2.

    [1] 1 Publicada el 2 de setiembre de 2010 en el Diario Oficial El Peruano y vigente a partir del 2 de octubre de 2010.

    [2] 2 “RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA TÉCNICA

    PRIMERO: admitir a trámite la denuncia del 12 de enero de 2017, interpuesta por el señor José Eduardo Aparicio Vargas contra BBVA Banco Continental S.A.; conforme a lo siguiente:

    (i) Presunta infracción a los artículos 18, 19 y literal b) del numeral 56.1 del artículo 56 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, en tanto el Banco habría contratado dos seguros vehiculares a nombre del señor Aparicio, sin consultarle ni informarle previamente, más aún cuando este habría cancelado el total de los dos créditos vehiculares que mantenía con el Banco.”

  4. El 1 de junio de 2017, el señor Aparicio y el Banco llegaron a un acuerdo conciliatorio, bajo los siguientes términos:

    “(...)

    Luego que EL DENUNCIANTE y BBVA BANCO CONTINENTAL intercambiaron sus puntos de vista, estas llegaron al siguiente acuerdo:

    BBVA BANCO CONTINENTAL deja constancia en esta acta que el 20 de marzo de 2017, se realizó la anulación de los seguros materia de esta denuncia y se depositó en la cuenta de ahorros de EL DENUNCIANTE la suma de S/ 582,63, por los cobros realizados por los seguros ahora ya anulados,...

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