DECRETO SUPREMO, Nº 019-2017-SA, PODER EJECUTIVO, SALUD - Declaran de interés nacional la realización del "XXXIII Congreso Panamericano de Oftalmología"-DECRETO SUPREMO-Nº 019-2017-SA

EmisorSALUD
Fecha de la disposición22 de Junio de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Junta Directiva de la Asociación Panamericana de Oftalmología (PAAO) reunida el 20 de octubre de 2014, en la ciudad de Chicago – Estados Unidos, aprobó por mayoría de votos la solicitud formulada por la Sociedad Peruana para acoger el Congreso Panamericano del 2017. Este importante evento se realizará en la ciudad de Lima del 9 al 12 de agosto del presente año;

Que, la Sociedad Peruana de Oftalmología (SPO) es miembro de la Asociación Panamericana de Oftalmología (PAAO), y entre sus fines se encuentra el promover el desarrollo de la investigación científica médica en Oftalmología, el difundir y elevar la imagen de la Sociedad Peruana de Oftalmología (SPO) y de la Oftalmología peruana a nivel nacional e internacional, el contribuir a través de sus actividades al mejor conocimiento, la difusión del Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú -CMP, y velar por la observancia de las normas médico-deontológicas y gremiales entre sus miembros;

Que, Sociedad Peruana de Oftalmología (SPO) mediante Carta S/N de fecha 30 de marzo de 2017, informó que el Comité Organizador del XXXIII Congreso Panamericano de Oftalmología señaló que los gastos relacionados a la organización del “XXXIII Congreso Panamericano de Oftalmología”, serán asumidos en su totalidad por la Sociedad Peruana de Oftalmología (SPO) y la Asociación Panamericana de Oftalmología (PAAO); precisando que no irrogará gastos al Estado Peruano;

Que, el XXXIII Congreso Panamericano de Oftalmología, tiene como objetivo actualizar los conocimientos científicos tanto en la especialidad de oftalmología, así como de sus sub especialidades, proporcionar información sobre las nuevas tecnologías desarrolladas para ayudar en el diagnóstico oportuno de las enfermedades oftalmológicas; incrementar el conocimiento de las nuevas técnicas médico quirúrgicas para el manejo de la patología oftalmológica; contribuir a la prevención e identificación precoz de las complicaciones quirúrgicas y su manejo; promover la importancia de la ética y los aspectos médicos – legales así como las nuevas tendencias en el área de gestión que gobiernan la especialidad;

Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR