RESOLUCION, Nº 015-2017-SUNASS-PCD, ORGANISMOS REGULADORES, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - Aprueban el Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS-RESOLUCION-Nº 015-2017-SUNASS-PCD
Emisor | SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO |
Fecha de la disposición | 12 de Junio de 2017 |
Lima, 12 de junio de 2017
VISTO:
El Informe N° 046-2017-SUNASS-084, con el cual el Especialista en Recursos Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas propone el Clasificador de Cargos de la SUNASS;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE se aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE” (Directiva), en cuyo Anexo N° 4, numeral 1.1, se establece que cuando una norma sustantiva ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su Cuadro para Asignación de Personal-CAP mediante un CAP Provisional;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1280 se aprobó la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, la cual amplía el ámbito de competencia de la SUNASS y le otorga funciones adicionales;
Que, es necesario formular instrumentos de gestión conforme con la normativa vigente y tramitar un nuevo CAP Provisional para la SUNASS que refleje una dotación de personal que le permita cumplir con eficiencia las funciones encomendadas;
Que, el numeral 2.3 del Anexo N° 4 de la Directiva dispone que la elaboración del CAP Provisional se realiza considerando el clasificador de cargos de la entidad o, en su defecto, el clasificador del ministerio del sector al que pertenece y/o el manual normativo de clasificación de cargos de la Administración Pública;
Que, el numeral 2.4 del referido Anexo N° 4 establece que los cargos del CAP Provisional deben estar clasificados de conformidad con lo establecido en la Ley Marco del Empleo Público, Ley N° 28175, debiendo consignarse los cargos calificados como empleados de confianza y como directivos superiores de libre asignación o remoción;
Que, conforme a lo señalado en el informe de visto es necesario contar con un clasificador de cargos para la SUNASS, dada la especificidad de las actividades, cargos y...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba