RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 180-2017-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen que el Primer, Segundo y Tercer Juzgado de Paz Letrado Mixto de Coronel Portillo, remita toda la carga procesal laboral al Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado Laboral de Coronel Portillo de la Corte Superior de Justicia de Ucayali-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 180-2017-CE-PJ

Fecha de disposición17 Mayo 2017
Fecha de publicación07 Junio 2017
MateriaDerecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, 17 de mayo de 2017

VISTO:

El Oficio N° 647-2017-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal 0099 “Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante el referido oficio se remite a este Órgano de Gobierno propuesta para establecer medidas administrativas en las dependencias laborales que tramitan la nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Ucayali, conforme al análisis efectuado mediante Informe N° 415-2017-ST-ETIINLPT-PJ, elaborado por la Secretaría Técnica y el Componente Estadístico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, sobre la duración de los expedientes y carga procesal de las dependencias laborales de la referida Corte Superior, concluyendo que existen juzgados que pueden asumir la carga procesal adicional a la laboral (nueva Ley Procesal del Trabajo), de manera transitoria.

Segundo. Que, en tal sentido, atendiendo a las recomendaciones incluidas en el citado informe, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo considera factible que se distribuya la carga procesal, de la siguiente manera:

  1. El Primer, Segundo y Tercer Juzgado de Paz Letrado Mixto de Coronel Portillo remita toda la carga procesal laboral al Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado Laboral de dicha sede, a fin que pueda ser tramitado hasta el 31 de diciembre de 2017; y,

  2. El Primer Juzgado de Trabajo de Coronel Portillo remita un total de 100 expedientes que se tramitan con la anterior ley procesal laboral, al Segundo Juzgado de Trabajo de...

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