ORDENANZA, Nº 464/MC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Ordenanza que reglamenta la promoción de prácticas saludables de prevención y control del dengue, chikungunya y zika en el distrito de Comas-ORDENANZA-Nº 464/MC
Fecha de disposición | 21 Mayo 2017 |
Fecha de publicación | 21 Mayo 2017 |
Ordenanza que reglamenta la promoción de prácticas saludables de prevención y control del dengue, chikungunya y zika en el distrito de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 464/MC
Comas,10 de febrero del 2016
El Concejo Municipal del distrito de Comas
VISTO:
El Dictamen Nº 002-2016-CPRSCGAyS/MC de la Comisión Permanente de Regidores de Servicios a la Ciudad, Gestión Ambiental y Salud, respecto al Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de promoción de prácticas saludables y prevención del Dengue, Chikungunya y Zika en el Distrito de Comas;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la Constitución Política del Perú, la salud de los habitantes constituye un bien público y las personas están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento;
Que, resaltando el documento legal supremo de nuestra Carta Magna, en el Título I, Capítulo I, Artículo 2º, se establece que “Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar”, así como; en el artículo 7 prescribe que “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa”;
Qué, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley 30305, concordado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos del gobierno administrativos y de administración;
Que, en el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, manifiesta que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes Nacionales y Regionales de desarrollo y detalla en su inciso 8: “ Desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente...
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