ACUERDO, Nº 096-2016-GR.CAJ-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA - Aprueban Plan Anual 2017 del Gobierno Regional Cajamarca-ACUERDO-Nº 096-2016-GR.CAJ-CR

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2016

Cajamarca, 29 de diciembre de 2016

El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión de Clausura de fecha 27 de diciembre del año 2016; VISTO Y DEBATIDO el Punto N° 02 de la Agenda, respecto al Dictamen N° 040 -2016-GR.CAJ-CR/COAJ-COP, de fecha 20 de diciembre del año 2016; con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 191° establece que: “los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”. Asimismo, el artículo 192° numeral 5) señala que: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes”;

Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa: “la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia”. Asimismo, en el artículo 9º numeral 3 establece que: “la Autonomía económica, es la facultad de crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Su ejercicio supone reconocer el derecho a pedir los recursos que les asigne el Estado para el cumplimiento de sus funciones y competencias”. El artículo 35 literal c) señala que: “los Gobiernos Regionales tienen competencia exclusiva para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto”;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º, literal c) establece que “Es atribución del Consejo Regional aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal”. El artículo 21°, literal p) prescribe que: “es atribución de la Presidencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR