ACUERDO, Nº 096-2016-GR.CAJ-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA - Aprueban Plan Anual 2017 del Gobierno Regional Cajamarca-ACUERDO-Nº 096-2016-GR.CAJ-CR
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2016 |
Cajamarca, 29 de diciembre de 2016
El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión de Clausura de fecha 27 de diciembre del año 2016; VISTO Y DEBATIDO el Punto N° 02 de la Agenda, respecto al Dictamen N° 040 -2016-GR.CAJ-CR/COAJ-COP, de fecha 20 de diciembre del año 2016; con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 191° establece que: “los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”. Asimismo, el artículo 192° numeral 5) señala que: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes”;
Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa: “la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia”. Asimismo, en el artículo 9º numeral 3 establece que: “la Autonomía económica, es la facultad de crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Su ejercicio supone reconocer el derecho a pedir los recursos que les asigne el Estado para el cumplimiento de sus funciones y competencias”. El artículo 35 literal c) señala que: “los Gobiernos Regionales tienen competencia exclusiva para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto”;
Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15º, literal c) establece que “Es atribución del Consejo Regional aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal”. El artículo 21°, literal p) prescribe que: “es atribución de la Presidencia...
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