RESOLUCION.Nº 1.Sancionan con multa a Telefónica del Perú S.A. por la comisión de infracción grave tipificada en la Directiva que establece las Normas Aplicables a los Procedimientos de Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones.SEPARATA ESPECIAL RESOLUCIÓN Nº 1 EXPEDIENTE : 00019-2016/TRASU/ST-PAS MATERIA : Presunta comisión de la infracción tipificada como grave en el artículo 57º de la Directiva que establece las Normas Aplicables a los Procedimientos de Atención de Re... -

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2017
SEPARATA ESPECIAL
RESOLUCIÓN N° 1
EXPEDIENTE : 00019-2016/TRASU/ST-PAS
MATERIA :
Presunta comisión de la infracción
tipi cada como grave en el artículo
57° de la Directiva que establece
las Normas Aplicables a los
Procedimientos de Atención de
Reclamos de Usuarios de Servicios
Públicos de Telecomunicaciones
ADMINISTRADO : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.
De conformidad con la Resolución N° 095-2015-CD/OSIPTEL, el Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones, dispone el tachado de la información sobre datos
personales contenidos en las resoluciones de la presente publicación, a n de garantizar la
protección de datos personales, en el marco de un procedimiento administrativo sancionador.
Lunes 22 de mayo de 2017
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
Lunes 22 de mayo de 2017 /
El Peruano
2NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN Nº 1:
Lima, 4 de abril de 2017
EMPRESA OPERADORA : Telefónica del Perú S.A.A.
EXPEDIENTE Nº : 00019-2016/TRASU/ST-PAS
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
MATERIA : Presunta comisión de la infracción tipi cada como grave en el artículo 57º de la Directiva
que establece las Normas Aplicables a los Procedimientos de Atención de Reclamos de
Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones
VISTO: El Informe Nº 00007-TRASU/C.PAS/2017 expedido por la Secretaría Técnica Adjunta del Tribunal Administrativo
de Solución de Reclamos de Usuarios y;
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1. Mediante carta C.00022-STTRASU/C.PAS/2016, noti cada el 19 de setiembre de 2016, la Secretaría Técnica
Adjunta del TRASU (en adelante, la Secretaría) comunicó a TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., antes Telefónica
Móviles S.A.1 (en adelante, TELEFÓNICA) el inicio del procedimiento administrativo sancionador (en adelante,
PAS) por la presunta comisión de la infracción tipi cada como grave en el artículo 57º de la Directiva que establece
las Normas Aplicables a los Procedimientos de Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de
Telecomunicaciones2 (en adelante, Directiva de Reclamos)3, al haber incumplido lo dispuesto en el primer párrafo
del artículo 42º4 de la referida norma que establece la obligación de las empresas operadoras de elevar el recurso
de apelación ante el Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios – TRASU en un plazo que no
exceda los diez (10) días hábiles, contados desde su interposición; otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles
con la nalidad que presente sus descargos por escrito. Los expedientes en virtud de los cuales se detectó la
supuesta infracción son los siguientes:
Cuadro Nº 1
Expediente Nº de Reclamo
109951-2014/TRASU/ST-RA MVF-341-318141-2014
210454-2014/TRASU/ST-RA MVF-22-324420-2014
310455-2014/TRASU/ST-RA MVC-50-6274-2014
410543-2014/TRASU/ST-RA MVO-21-619757-2014
510852-2014/TRASU/ST-RA MLF-341-430388-2014
610854-2014/TRASU/ST-RA MLF-328-292876-2014
711371-2014/TRASU/ST-RA MVF-50-270482-2014
811793-2014/TRASU/ST-RA MLF-13-588919-2014
912475-2014/TRASU/ST-RA MVF-211-335200-2014
10 12732-2014/TRASU/ST-RA MLF-100-704769-2014
11 12733-2014/TRASU/ST-RA MVF-1-591034-2014
12 13012-2014/TRASU/ST-RA MVF-58-747905-2014
13 13015-2014/TRASU/ST-RA MNC-64-5076-2014
14 13877-2014/TRASU/ST-RA MLF-21-497613-2014
2. A través de la carta TP-AG-GGR-2400-16, recibida el 3 de octubre de 2016, TELEFÓNICA solicitó una prórroga de
treinta (30) días hábiles para remitir sus descargos.
1 Mediante carta DR-107-C-1295/CM-14, recibida el 23 de setiembre de 2014, Telefónica Móviles S.A. informó al OSIPTEL que con fecha 18 de setiembre del
mismo año, a través de su Junta General de Accionistas, se aprobó la fusión por absorción de Telefónica Móviles S.A. por Telefónica del Perú S.A.A., la cual
entró en vigencia el 1 de octubre de 2014.
2 Aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 015-99-CD/OSIPTEL, modi cada por la Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2012-CD/OSIPTEL
publicada el 20 de enero de 2012.
3 Actualmente tipi cado en el numeral 43 del Régimen de Infracciones y Sanciones establecido en el Anexo 1º del Reglamento para la Atención de Reclamos
de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, aprobado con Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2015-CD-OSIPTEL, vigente desde el 3 de
agosto de 2015.
4 Artículo 42.- Remisión del recurso de apelación al TRASU
Interpuesto el recurso de apelación, la empresa operadora contará con un plazo máximo de diez (10) días hábiles para elevarlo al TRASU, conjuntamente con
sus descargos y el expediente correspondiente, organizado formalmente conforme a lo dispuesto en el artículo 53.”
El Peruano / Lunes 22 de mayo de 2017 3
NORMAS LEGALES
3. Mediante carta C.00025-TRASU/C.PAS/2016, noti cada el 4 de octubre de 2016, la Secretaría otorgó quince (15)
días hábiles adicionales a TELEFÓNICA para remitir sus descargos.
4. TELEFÓNICA mediante carta TP-AG-GGR-2613-16, recibida el 25 de octubre de 2016, remitió sus descargos al
inicio del presente PAS (Descargos 1).
5. A través de la carta TP-AG-GGR-2667-16, recibida el 4 de noviembre de 2016, TELEFÓNICA remitió la ampliación
de sus descargos (Descargos 2).
6. Con fecha 17 marzo de 2017, la Secretaría remitió al TRASU el Informe Nº 00007-TRASU/C.PAS/2017 (Informe
Instructivo).
7. Mediante carta Nº C. 00066-TRASU/C.PAS/2017 noti cada el 17 de marzo de 2017, se remitió a TELEFÓNICA
el Informe Nº 00007-TRASU/C.PAS/2017 emitido por la Secretaría, otorgándole el plazo de cinco (5) días hábiles
para la presentación de sus descargos.
8. A través de la carta TP-0912-AR-GGR-17, recibida el 23 de marzo de 2017, TELEFÓNICA solicitó acceso al
expediente y una prórroga de diez (10) días hábiles para remitir sus descargos al Informe Instructivo.
9. La Secretaría mediante carta C.00070-TRASU/C.PAS/2017, noti cada el 27 de marzo de 2017, pone a disposición
el expediente y deniega la prórroga solicitada.
10. TELEFÓNICA mediante carta TP-0924-AR-GGR-17, recibida el 27 de marzo de 2017, remitió sus descargos al
Informe Final Instructivo (Descargos 3).
11. Mediante carta TP-0976-AG-GGR-17, recibida el 30 de marzo de 2017, TELEFÓNICA remitió unas aclaraciones a
la información remitida en sus descargos al Informe Final Instructivo.
II. ANÁLISIS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
El presente PAS se inició contra TELEFÓNICA al imputársele la presunta comisión de la infracción tipi cada en el
artículo 57º de la Directiva de Reclamos, el cual establece lo siguiente:
“Artículo 57.- Infracciones graves
Constituyen infracciones graves, los incumplimientos por parte de la empresa operadora de cualquiera de
las disposiciones contenidas en los siguientes artículos: 8, 9, 10, 19, 21, 26, 27 29, 32, 38, 42 (primer
párrafo), y 50.”
En efecto, el artículo 42º de la misma norma, dispone lo siguiente:
“Artículo 42.- Remisión del recurso de apelación al TRASU
Interpuesto el recurso de apelación, la empresa operadora contará con un plazo máximo de diez (10)
días hábiles para elevarlo al TRASU, conjuntamente con sus descargos y el expediente correspondiente,
organizado formalmente conforme a lo dispuesto en el artículo 53.”
En el presente caso, TELEFÓNICA habría incurrido en la infracción al artículo 57º de la Directiva de Reclamos al
haber incumplido lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 42º de la referida norma que establece la obligación
de las empresas operadoras de elevar el recurso de apelación ante el TRASU en un plazo que no exceda los diez
(10) días hábiles, contados desde su interposición. Los casos en los que TELEFÓNICA habría incurrido en esta
conducta, se detallan a continuación:
Cuadro Nº 2
Expediente Nº de Reclamo Fecha de
reclamo Resolución de
primera instancia Fecha de
interposición
del recurso
de apelación
Empresa Operadora
1 09951-2014/TRASU/ST-RA MVF-341-318141-2014 02.04.2014 TM-R-F-318141-2014 19.05.2014 Telefónica Móviles S.A.
2 10454-2014/TRASU/ST-RA MVF-22-324420-2014 04.04.2014 TM-R-F-324420-2014 04.06.2014 Telefónica Móviles S.A.
3 10455-2014/TRASU/ST-RA MVC-50-6274-2014 07.05.2014 TM-R-C-6274-2014 26.05.2014 Telefónica Móviles S.A.
4 10543-2014/TRASU/ST-RA MVO-21-619757-2014 06.03.2014 TM-R-O-619757-2014 23.04.2014 Telefónica Móviles S.A.
5 10852-2014/TRASU/ST-RA MLF-341-430388-2014 06.05.2014 TM-R-F-430388-2014 02.06.2014 Telefónica Móviles S.A.
6 10854-2014/TRASU/ST-RA MLF-328-292876-2014 25.03.2014 TM-0-F-292876-2014 04.04.2014 Telefónica Móviles S.A.
7 11371-2014/TRASU/ST-RA MVF-50-270482-2014 18.03.2014 TM-R-F-270482-2014 02.05.2014 Telefónica Móviles S.A.
8 11793-2014/TRASU/ST-RA MLF-13-588919-2014 17.06.2014 TM-R-F-588919-2014 08.07.2014 Telefónica Móviles S.A.
9 12475-2014/TRASU/ST-RA MVF-211-335200-2014 08.04.2014 TM-R-F-335200-2014 21.05.2014 Telefónica Móviles S.A.
10 12732-2014/TRASU/ST-RA MLF-100-704769-2014 07.07.2014 TM-N-F-704769-2014 21.07.2014 Telefónica Móviles S.A.
11 12733-2014/TRASU/ST-RA MVF-1-591034-2014 17.06.2014 TM-R-F-591034-2014 16.07.2014 Telefónica Móviles S.A.
12 13012-2014/TRASU/ST-RA MVF-58-747905-2014 14.07.2014 TM-R-F-747905-2014 05.08.2014 Telefónica Móviles S.A.
13 13015-2014/TRASU/ST-RA MNC-64-5076-2014 14.04.2014 TM-R-C-5076-2014 11.06.2014 Telefónica Móviles S.A.
14 13877-2014/TRASU/ST-RA MLF-21-497613-2014 23.05.2014 TM-R-F-497613-2014 08.07.2014 Telefónica Móviles S.A.

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