ACUERDO, Nº 010-2017-MDC/CM, GOBIERNOS LOCALES - Declaran nulo de pleno derecho y sin efecto alguno el Contrato de Concesión "Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación, Explotación de la Infraestructura y Mantenimiento del Proyecto de las Plantas de Tratamiento de Agua Potable y de Aguas Residuales en la Jurisdicción del Municipio Distrital de Caracoto"-ACUERDO-Nº 010-2017-MDC/CM

EmisorGOBIERNOS LOCALES
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2017

Caracoto, 17 de abril del 2017

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE CARACOTO

VISTOS:

El Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 005-2017-MDC/CM de fecha 07 de abril del 2017, por la cual se ha acordado declarar Nulo de Pleno Derecho el Contrato de Concesión de fecha 31 de diciembre del 2014 denominado “Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación, Explotación de la Infraestructura y Mantenimiento del Proyecto de las Plantas de Tratamiento de Agua Potable y de Aguas Residuales en la Jurisdicción del Municipio Distrital de Caracoto”, suscrito entre la Municipalidad Distrital de Caracoto y la empresa Eserapal Juliaca Caracoto S.A.C.; y,

CONSIDERANDO:

Primero.- Que, de Conformidad al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, y en Concordancia estricta con el Art. II, del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos del gobierno local, que, tiene autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.

Segundo.- Que, el Art. II del T.P., de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que la Constitución Política del Perú que la autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Tercero.- Que, el Art. 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, para el presente caso se trata de declarar nulo de pleno derecho el contrato de concesión.

Cuarto.- Que, mediante Oficio Nº 358-2016-MDC/A de fecha 17 de octubre del 2016, la Municipalidad Distrital de Caracoto, solicita se sirva proceder a la intervención y/o supervisión del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Quinto.- Que, mediante Oficio Nº 321-2016-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS de fecha 29 de noviembre del 2016, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, solicita a la Municipalidad Distrital de Caracoto el documento de la Opinión Favorable del Ministerio de Economía y Finanzas respecto al contrato de concesión suscrito con la empresa Eserapal Juliaca Caracoto S.A.C.

Sexto.- Que, mediante Oficio Nº 437-2016-MDC/A de fecha 26 de diciembre del 2016, la Municipalidad Distrital de Caracoto, informa a la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; que en el Expediente Administrativo del contrato de concesión NO EXISTE EL DOCUMENTO DE OPINIÓN FAVORABLE del Ministerio de Economía y Finanzas.

Sétimo.- Que, la Municipalidad Distrital de Caracoto representado por el señor Lucio Adrián Roque Sucasaca y la empresa Eserapal Juliaca – Caracoto S.A.C., representado por el señor Edgardo José Antonio Castro Baca, en fecha 31 de diciembre del 2014; suscriben el Contrato de Concesión para el “Diseño, Financiamiento, Construcción, Operación, Explotación de la Infraestructura y Mantenimiento del Proyecto de las Plantas de Tratamiento de Agua Potable y de Aguas Residuales en la Jurisdicción del Municipio Distrital de Caracoto”, por un periodo de 50 años, en donde se ha establecido las obligaciones de ambas partes contratantes para su cumplimiento irrestricto.

Octavo.- Que, previo a la suscripción del contrato de concesión, el Director General de Política y Promoción de la Inversión Privada del MEF, señor Giancarlo Marchesi Velásquez, mediante Oficio Nº...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR