RESOLUCION SUPREMA, Nº 041-2017-DE/, PODER EJECUTIVO, DEFENSA - Nombran representantes titular y alterno del Perú ante el Consejo Ejecutivo de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI), para el período 2017-RESOLUCION SUPREMA-Nº 041-2017-DE/

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición16 de Mayo de 2017

Lima, 16 de mayo de 2017

Vista, la Carta G.500-1376 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 21 de marzo de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI), es un organismo descentralizado de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), conformado por CIENTO TREINTA Y SEIS (136) países; constituye una entidad de carácter técnico-científico, encargada de llevar a cabo diversos estudios e investigaciones científicas de los océanos, a fin de conocer mejor su naturaleza y recursos, para cuyo efecto prepara programas de asistencia a favor de los Estados miembros, en materia de ciencias del mar y tecnología marina;

Que, anualmente la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, representa al Perú ante la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI), la cual tiene entre sus funciones y programas, la preservación de la vida, el uso del océano en beneficio de la humanidad y la protección del medio ambiente oceánico, para lo cual desarrolla pronósticos meteorológicos, estudio del clima y desarrollo sostenible del medio marino;

Que, la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI), está integrada por una Asamblea, un Consejo Ejecutivo, una Secretaría y los órganos subordinados. La Asamblea es el órgano principal y está integrada por todos los Estados miembros de la Comisión;

Que, el Perú es Miembro del Consejo Ejecutivo para el período 2015-2017 de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental; asimismo, con Oficio V.1000-0424 de fecha 10 de marzo de 2017, el Director de Hidrografía y Navegación designa a los representantes titular y alterno del Perú ante el Consejo Ejecutivo de la referida Comisión Oceanográfica, para el período 2017;

Que, conforme a lo establecido en el inciso 6 del artículo 6 de la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es función del Ministerio de Relaciones Exteriores, acreditar a las personas que desempeñan funciones oficiales en el extranjero en el...

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