RESOLUCION, Nº 0094-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran infundado recurso de apelación y confirman Acuerdo de Concejo que declaró infundada solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Nicolás, provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash-RESOLUCION-Nº 0094-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2017

Expediente Nº J-2016-00467-A01

SAN NICOLÁS - CARLOS FERMÍN FITZCARRALD-

ANCASH

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, siete de marzo de dos mil diecisiete

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Edilmira Saavedra Ríos, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 019-2016-MDSN/AL, de fecha 28 de octubre de 2016, que declaró infundada la solicitud de vacancia presentada contra Rolando Félix Flores Mattos, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Nicolás, provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

Solicitud de vacancia

Mediante escrito de fecha 8 de abril de 2016 (fojas 1 a 5 del expediente de traslado), Edilmira Saavedra Ríos solicita ante el Jurado Nacional de Elecciones, la vacancia de Rolando Félix Flores Mattos, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Nicolás, provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

Mediante Auto Nº 1, de fecha 22 de agosto de 2016, se corrió traslado de la solicitud de vacancia a la referida entidad edil.

Los hechos que sirven de sustento al pedido de vacancia son los siguientes:

  1. Por haber elaborado y ejecutado por administración directa la obra “Proyecto de rehabilitación de calles a nivel de afirmado (enripiado) de los centros poblados de Ruris y Ranchaj”, habiéndose iniciado el 1 de julio de 2013, sin concluir hasta la fecha

    En efecto, el solicitante refiere que consta a todos los vecinos del distrito, en especial de los referidos centros poblados, que esta obra fue elaborada y ejecutada de manera irregular, gastándose los recursos de la peor forma por disposición del titular del pliego. En razón a ello es que el presidente del Comité de Defensa de los Intereses del distrito de San Nicolás en reiteradas oportunidades requirió información sobre este proyecto, a lo cual el alcalde le respondió comunicándole que esta obra no existía por cuanto no estaba programada, ni mucho menos se encontraba en ejecución durante el año 2015. Pero es el caso que el propio alcalde del centro poblado de Ruris desmiente al alcalde e indica que esta obra sí se inició y que no se llegó a culminar durante el año 2015, presuntamente por fallas mecánicas de la maquinaria que se encontraba trabajando, tal como lo prueba los documentos que se adjuntan.

  2. Por la celebración de los “Convenios inter institucionales entre la Municipalidad Distrital de San Nicolás y la Municipalidad Distrital de Yauya”, de fechas 18 y 17 de junio del 2015

    Es de apreciar de dichos convenios se suscribieron con el objeto de que la Municipalidad Distrital de San Nicolás y la Municipalidad Distrital de Yauya, de manera recíproca, se presten 2 volquetes (IVECO y MERCEDES BENZ) por un periodo de 15 y 25 días respectivamente, comprometiéndose ambas comunas a correr con los gastos de hospedaje y alimentación del personal encargado. Sin embargo, lo cierto es que estos convenios se ejecutaron hasta después del plazo pactado, no llegándose a cumplir con la fecha de conclusión. En razón de ello, hasta ahora estas maquinarias no retornan a dichas comunas y, en ambos distritos, la gente refiere que se encuentran efectuando trabajos particulares en favor de ambos burgomaestres. Además, llama la atención que mediante acta de Sesión de Concejo Ordinaria Nº 04-2015, de fecha 22 de enero de 2015, se precise e indique que este volquete de la Municipalidad de San Nicolás se encuentra en mantenimiento tanto en la...

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