RESOLUCION, Nº 0117-2017-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran nulo Acuerdo de Concejo que rechazó pedido de vacancia presentado contra alcalde y regidores del Concejo Distrital de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco-RESOLUCION-Nº 0117-2017-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición27 de Abril de 2017

Expediente N° J-2016-01229-A01

YANACANCHA - PASCO - PASCO

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veinte de marzo de dos mil diecisiete.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Eladio Bravo Yalico en contra del Acuerdo de Concejo N° 0032-2016-CM-MDY, del 30 de setiembre de 2016, que rechazó el pedido de vacancia presentado contra Luis Colqui Salome, Mario Orlando Palacios Panez, Helder Edwin Andrade Uscuchagua, Jonny Edgar Apéstegui Ramírez, Esther América Cárdenas Carbajal, Karen Denisse Mandujano Atencio, Gregorio Manuel Calla Almonte y Juan Antonio Carbajal Mayhua, alcalde y regidores, respectivamente, del Concejo Distrital de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco, por las causales establecidas en los artículos 22, numeral 9, y 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y teniendo a la vista el Expediente N° J-2016-01229-T01.

ANTECEDENTES

Solicitud de vacancia

El 8 de julio de 2016, Eladio Bravo Yalico solicitó que se declare la vacancia de Luis Colqui Salome, Mario Orlando Palacios Panez, Helder Edwin Andrade Uscuchagua, Jonny Edgar Apéstegui Ramírez, Esther América Cárdenas Carbajal, Karen Denisse Mandujano Atencio, Gregorio Manuel Calla Almonte y Juan Antonio Carbajal Mayhua, alcalde y regidores, respectivamente, del Concejo Distrital de Yanacancha (fojas 1 a 15 del Expediente N° J-2016-01229-T01), por las causales de vacancia previstas en el artículo 22, numeral 9, y 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), es decir, por restricciones de contratación y ejercicio indebido de funciones o cargos administrativos o ejecutivos.

Con relación a la causal de restricciones de contratación, el solicitante señala que el alcalde en confabulación con los regidores defraudaron el interés público al simular la donación de un vehículo por la empresa Group Pegasus Import Export S.A.C. Company, a fin de beneficiar a Israel Terán Bromley, ya que, dispusieron que se le entregue la suma de S/ 43 876 00 (cuarenta y tres mil ochocientos setenta y seis con 00/100 soles), para desaduanar el bien donado.

Respecto del ejercicio indebido de funciones o cargos administrativos o ejecutivos, refiere que el desembolso del dinero por la supuesta donación de un vehículo fue aprobado irregularmente por los regidores en la Sesión Ordinaria N° 008-2015, lo cual anuló y menoscabó de manera relevante su función fiscalizadora.

La solicitud que fue presentada ante el Jurado Nacional de Elecciones se trasladó al Concejo Distrital de Yanacancha mediante Auto N° 1, del 18 de julio de 2016 (fojas 24 a 26 del Expediente N° J-2016-01229-T01), notificada al respectivo concejo el 8 de agosto de 2016 (fojas 31 del Expediente N° J-2016-01229-T01).

Descargos del alcalde del Concejo Distrital de Yanacancha

Por escrito del 16 de setiembre de 2016 (fojas 111 a 114), el alcalde Luis Colqui Salome se apersona al procedimiento y formula sus descargos a la solicitud de vacancia. Al respecto, señala que el desembolso de dinero a favor de Israel Terán Bromley, gerente del Group Pegasus Import Export S.A.C. Company, fue a efectos de desaduanar el vehículo donado a la Municipalidad Distrital de Yanacancha; por lo que, no se advierte que se hayan vulnerado las restricciones de contratación, en tanto, no ha adquirido o rematado un bien municipal.

De otro lado, refiere que la atribución y facultad de aceptar la donación de bienes a la comuna corresponde al concejo, lo cual, en el presente caso implicó una acción legítima y válida por parte del Concejo Distrital de Yanacancha, en tanto, los efectos legales están enmarcados en los criterios jurídicos del debido proceso.

Descargos de los regidores del Concejo Distrital de Yanacancha

Mediante escritos del 19 de setiembre de 2016 (fojas 116 a 227), los regidores Mario Orlando Palacios Panez, Helder Edwin Andrade Uscuchagua, Johnny Edgar Apéstegui Ramírez, Esther América Cárdenas Carbajal, Karen Denisse Mandujano Atencio, Juan Antonio Carbajar Mayhua y Gregorio Manuel Calla Almonte se apersonan al procedimiento y formulan sus descargos.

Pronunciamiento del Concejo Distrital de Yanacancha

En Sesión Extraordinaria N° 013-2016, de fecha 22 de setiembre de 2016 (fojas 92 a 109), el concejo distrital, en votación independiente, declaró improcedente el pedido de vacancia dirigido contra el alcalde (dos votos a favor y cinco en contra) y los regidores cuestionados (ningún voto a favor y seis en contra), pues no se alcanzó el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros. Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo N° 0032-2016-CM-MDY, del 30 de setiembre de 2016 (fojas 248 a 251).

Recurso de apelación

El 18 de octubre de 2016, Eladio Bravo Yalico interpone recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo N° 0032-2016-CM-MDY (fojas 281 a 301), que declaró improcedente el pedido de vacancia, solicitando que se revoque dicho acuerdo y se declare la vacancia de las autoridades ediles cuestionadas.

El escrito de apelación refiere como principales argumentos los siguientes:

  1. El alcalde Luis Colqui Salome presentó al concejo distrital a Israel Terán Bromley, Gerente General del Group Pegasus Import Export S.A.C. Company, quien manifiesto la supuesta donación de un ómnibus marca Mitsubishi.

  2. El alcalde somete a aprobación del concejo la supuesta donación y el desembolso de $ 14 000 (catorce mil dólares americanos) para desaduanar el vehículo, lo cual se formaliza en el acta donde figura el Acuerdo N° 058-2015-CM-MDY.

  3. Posteriormente, el alcalde al materializar el Acuerdo de Concejo N° 013-2015-CM-MDY acepta la donación del bus marca Mitshubishi de manera explícita y autoriza el desembolso de $ 14 000 (catorce mil dólares americanos) para desaduanar el bien.

  4. En forma paralela a la sesión del concejo municipal, de manera sorprendente, el mismo día (23 de abril de 2015) cuando recién se debatía la aprobación del desembolso, la Gerencia de Planificación y Presupuesto a través del Informe N° 0223-2015-GPyP/MDY/P en atención al Memorando N° 082-2015-GM-MDY-PASCO, emitido por la Gerencia Municipal, remite la asignación presupuestal para realizar los gastos en los trámites administrativos del vehículo en calidad de donación por la cantidad de S/ 43 876 00 (cuarenta y tres mil...

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